Sentencia Nº 23-001-33-33-002-2017-00485-01 del Tribunal Administrativo de Córdoba, 10-05-2023 - Jurisprudencia - VLEX 972737615

Sentencia Nº 23-001-33-33-002-2017-00485-01 del Tribunal Administrativo de Córdoba, 10-05-2023

Sentido del falloMODIFICA
Número de registro81687220
Fecha10 Mayo 2023
Número de expediente23-001-33-33-002-2017-00485-01
Normativa aplicada1. Artículos 13 y 53 de la Constitución Nacional. Artículo 32 de la Ley 80 de 1993. Artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo
MateriaCONTRATO REALIDAD DOCENTE - Elementos de la relación laboral / CONTRATO REALIDAD DOCENTE - Primacía de la realidad sobre las formalidades establecidas en las relaciones laborales / PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA - No es dable aplicarla a los aportes a pensión / TESIS: Además debe recordarse que el H. Consejo de Estado ha sostenido que en caso de docentes, la subordinación se tiene por demostrada en tanto es inherente a la labor docente el cumplimiento de órdenes que impartan sus superiores jerárquicos, el cumplimiento de su jornada laboral, la imposibilidad de abandonar o suspender sus labores injustificadamente, de allí que la actividad que realizan no es independiente y excede el principio de coordinación, deba prestarse de manera personal y se encuentra revestida de los atributos de permanencia y subordinación…
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