Sentencia Nº 23001-31-21-002-2014-00041-01 (acumulado 23001-31-21-001-2014-00056-01) del Tribunal Superior de Antioquia, 24-10-2019 - Jurisprudencia - VLEX 849629805

Sentencia Nº 23001-31-21-002-2014-00041-01 (acumulado 23001-31-21-001-2014-00056-01) del Tribunal Superior de Antioquia, 24-10-2019

Número de expediente23001-31-21-002-2014-00041-01 (ACUMULADO 23001-31-21-001-2014-00056-01)
Fecha24 Octubre 2019
Número de registro81503090
EmisorTribunal Superior de Distrito Judicial de Antioquia (Colombia)
MateriaDERECHO A LA RESTITUCIÓN DE TIERRAS - Se encontraron probados los presupuestos axiológicos para acceder al derecho a la restitución. / PARTE OPOSITORA - Se declaró impróspera la oposición formulada; No se reconoció compensación alguna, ni la calidad de segundo ocupante. / POSESIÓN - Se aplicó la presunción del numeral 5° artículo 77 de la Ley 1448 de 2011, por lo que se tuvo como inexistente la posesión. / TESIS: El origen de los hechos, se remonta a la entrega de los predios a los parceleros en la finca Londres; campesinos humildes, que con su trabajo le hicieron frente al reto de sobrevivir de la explotación económica de sus parcelas, lo que les duró muy poco, por el advenimiento de la violencia y sus efectos calamitosos. Concluyendo que los hechos de violencia que se relacionaron en la solicitud, incidieron en los reclamantes de este proceso, pues fueron miembros de los grupos paramilitares los que propalaron la orden de abandono de los predios, quienes, además, la iteraron recurriendo bajo amenazas veladas o directas; situación que les generó temor fundado por sus vidas y sus familiares, aunado a que los relatos son consecuentes en cada uno de ellos, como la participación de varias personas que actuaron en cumplimiento de órdenes de "los de arriba" del "patrón", los Castaño, Sor Teresa Gómez o de don Berna, y la forma como lograron desmantelar las adjudicaciones de tierras hechas a los reclamantes por el liquidado INCORA, para efectivizar las aspiraciones de la organización armada al margen de la Ley. Y es que no puede sostenerse cosa distinta, pues todos los reclamantes sufrieron los rigores de la presencia paramilitar en la zona donde se ubican los predios de la parcelación Londres, y más que ello, fueron intimidados, sufrieron los vejámenes de la violencia, desplazados de sus predios y despojados de sus bienes; afectación, como se observa, no solo fue de carácter patrimonial, al tener que ceder mediante escrituras públicas por un precio impuesto a sus tierras, por las que recibieron solo lo necesario para su obligatorio traslado al sitio de acogida; para así de esta manera compelidos a cumplir las órdenes impuestas por la organización armada. Finalmente, respecto a la parte opositora, la multiplicidad de mecanismos e instrumentes jurídicos empleados por IVÁN DARÍO BETANCUR TORO, como la cesión de derechos, los contratos de transacción, el otorgamiento de los instrumentos públicos de transferencia de las parcelas; solo fueron herramientas para perpetuar el objetivo ilícito del opositor para quedarse con los mal habidos predios "Londres" objeto de reclamo; aunado a que con la utilización de la figura de la dación en pago, desconocía de que ya con anterioridad los había enajenado mediante escritura pública, por lo que se le tuvo además de no reconocerle compensación alguna, ni la calidad de segundo ocupante; la inexistencia de la posesión ejercida sobre dichos predios.
Normativa aplicadaLey 1448 de 2011 art. 79,76,77,3,74,98,91,118,26,100,101,66,52-59,115,137,51 \ Ley 975 de 2005 \ Ley 160 de 1994 art. 38 \ Ley 387 de 1997 art. 19 \ Ley 119 de 1994 art. 30 \ Constitución Política de Colombia de 1991
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