Sentencia Nº 25000-23-37-000-2016-01599-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 11-10-2018 - Jurisprudencia - VLEX 851110500

Sentencia Nº 25000-23-37-000-2016-01599-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 11-10-2018

Número de expediente25000-23-37-000-2016-01599-00
Fecha11 Octubre 2018
Número de registro81485408
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN CUARTA

SUB SECCIÓN B

Bogotá D. C., once (11) de octubre de dos mil dieciocho (2018)

SENTENCIA NRD No. 082

MAGISTRADA PONENTE: CARMEN AMPARO PONCE DELGADO

DEMANDANTE: FIDUCIARIA BANCOLOMBIA S.A.

DEMANDADA: U.A.E DIAN

EXPEDIENTE: 25000-23-37-000-2016-01599-00

REFERENCIA: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

Se procede a dictar sentencia dentro del proceso promovido por la sociedad Fiduciaria Bancolombia S.A., quien actúa por intermedio de apoderada judicial en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho consagrado en el artículo 138 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, contra la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – U.A.E. DIAN.

I.? A N T E C E D E N T E S

A.? LA DEMANDA

1.? LAS PRETENSIONES.

La parte actora invoca como tales las siguientes:

“Se declare:

1.? La nulidad de los siguientes actos administrativos que integran la actuación administrativa demandada:

i)? Resolución No. 312412015000011 del 28 de abril de 2015 “por la cual se reliquida una sanción” proferida por la Dirección Seccional de Impuestos de Grandes Contribuyentes, notificada el 4 de mayo del mismo año.

ii)? Resolución No. 002945 del 21 de abril de 2016 “por la cual se decide un recurso de reconsideración”, proferida por la Subdirectora de Gestión de Recursos Jurídicos de la Dirección de Gestión Jurídica, notificada personalmente el día 2 de mayo de 2016.

iii)? Resolución No. 002976 del 22 de abril de 2016 “por la cual se adiciona la resolución 2945 del 21 de abril de 2016”, proferida por la Subdirectora de Gestión de Recursos Jurídicos de la Dirección de Gestión Jurídica, notificada personalmente el día 2 de mayo de 2016”.

2.? Declarada la nulidad de la actuación administrativa descrita, comedidamente solicito se restablezca el derecho de Fiduciaria Bancolombia S.A. Sociedad Fiduciaria, y se declare la validez y firmeza de la declaración de corrección presentada por la demandante el 25 de febrero de 2015 mediante formulario No 4208000668597.

3.? Declarada la nulidad de la actuación administrativa descrita y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 365 del Código General del Proceso, solicito condenar en costas a la entidad demandada en virtud de su actuación”.

2.? LOS HECHOS.

Se exponen en la demanda introductoria del proceso, en síntesis, los siguientes:

Con formulario No. 4208600011273 del 23 de mayo de 2011, la sociedad demandante presentó oportunamente la declaración privada del impuesto al patrimonio del año 2011, liquidando un tributo a cargo de $10.597.280.000 y una sobretasa equivalente a $2.649.320.000 para un total de saldo a pagar de $13.246.600.000.

El 15 de febrero de 2012, la contribuyente solicitó la corrección de su denuncio privado ante la DIAN, para detraer la suma de $2.649.320.000 por concepto de sobretasa.

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