Sentencia Nº 25000-23-37-000-2018-00010-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 28-01-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879154078

Sentencia Nº 25000-23-37-000-2018-00010-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 28-01-2021

Sentido del falloCONCEDE PRETENSIONES
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
Número de registro81556519
Fecha28 Enero 2021
Número de expediente25000-23-37-000-2018-00010-00
Normativa aplicada1.
MateriaASUNTO: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Asuntos aduaneros / ACTO ADMINISTRATIVO - Solicitud de expedicion de liquidacion de devolucion /

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN CUARTA

SUBSECCIÓN “A”



Bogotá D.C., veintiocho (28) de enero de dos mil veintiuno (2021)



MAGISTRADA PONENTE: Dra. G.I.C.M.


EXPEDIENTE No.

DEMANDANTE :


25000-23-37-000-2018-00010-00

FALABELLA DE COLOMBIA S.A.

DEMANDADO:

U.A.E. DIAN

MEDIO DE CONTROL

ASUNTO:

NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO ASUNTOS ADUANEROS


SENTENCIA

La sociedad FALABELLA DE COLOMBIA S.A, a través de apoderado judicial y en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho previsto en el artículo 138 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, solicita la nulidad de la Resolución No. 1-03-241-201-654-0-0531 del 27 de marzo de 2017, mediante la cual la División de Gestión de Liquidación de la Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá de la UAE-DIAN le negó a la demandante la solicitud de expedición de una liquidación oficial de corrección para efectos de devolución frente a unas declaraciones de importación; y de la Resolución No. 03-236-408-601-0971 del 25 de agosto de 2017, a través de la cual la División de Gestión Jurídica de la Dirección Seccional de Aduanas de Bogotá de la UAE-DIAN confirmó la anterior al desatar el recurso de reconsideración...

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