Sentencia Nº 25000-23-42-000-2019-01473-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 10-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879155269

Sentencia Nº 25000-23-42-000-2019-01473-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 10-06-2021

Fecha10 Junio 2021
Número de expediente25000-23-42-000-2019-01473-00
Número de registro81567159
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaRECONOCIMIENTO PENSIÓN GRACIA - La demandante cumple con el requisito de estar vinculada como docente oficial territorial distrital antes del 31 de diciembre de 1980 y, la edad necesaria, pues, nació el 20 de abril de 1960 y cumplió los 50 años en el año 2010, acreditó los 20 años de servicios el 24 de octubre de 2011, tiene derecho al reconocimiento y pago de una prestación pensional de gracia / PRESCRIPCIÓN - La demandante consolidó el status pensional el 24 de octubre de 2011 y presentó ante la UGPP, la solicitud de reconocimiento y pago de la pensión gracia el 18 de marzo de 2016, y radicó la demanda, el 11 de octubre de 2019, se configuró la prescripción de las mesadas pensionales causadas con anterioridad al 11 de octubre de 2016, comoquiera que de la solicitud a la presentación de la demanda transcurrieron más de 3 años / CONDENA EN COSTAS - La Sala no condenará en costas, pues se advierte que, las partes demandante y demandada no las solicitaron. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar, si en el caso sub examine, la demandante, tiene derecho al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación gracia acorde con lo establecido en la Ley 114 de 1913 y demás normas que lo regulan, comoquiera que su vinculación a la docencia oficial es de carácter nacionalizado y territorial? SALVAMENTO DE VOTO - La demandante cumple con el requisito de estar vinculada como docente oficial territorial distrital antes del 31 de diciembre de 1980 y, la edad necesaria, pues, nació el 20 de abril de 1960 y cumplió los 50 años en el año 2010, acreditó los 20 años de servicios el 24 de octubre de 2011, tiene derecho al reconocimiento y pago de una prestación pensional de gracia / PRESCRIPCIÓN - La demandante consolidó el status pensional el 24 de octubre de 2011 y presentó ante la UGPP, la solicitud de reconocimiento y pago de la pensión gracia el 18 de marzo de 2016, y radicó la demanda, el 11 de octubre de 2019, se configuró la prescripción de las mesadas pensionales causadas con anterioridad al 11 de octubre de 2016, comoquiera que de la solicitud a la presentación de la demanda transcurrieron más de 3 años / CONDENA EN COSTAS - La Sala no condenará en costas, pues se advierte que, las partes demandante y demandada no las solicitaron. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar, si en el caso sub examine, la demandante, tiene derecho al reconocimiento y pago de la pensión de jubilación gracia acorde con lo establecido en la Ley 114 de 1913 y demás normas que lo regulan, comoquiera que su vinculación a la docencia oficial es de carácter nacionalizado y territorial? TESIS: SALVAMENTO DE VOTO -
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