SENTENCIA nº 25000-23-26-000-2009-00836-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 01-10-2021 - Jurisprudencia - VLEX 900996263

SENTENCIA nº 25000-23-26-000-2009-00836-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 01-10-2021

Sentido del falloACCEDE
Fecha de la decisión01 Octubre 2021
Número de expediente25000-23-26-000-2009-00836-01
Tipo de documentoSentencia
EmisorSECCIÓN TERCERA

ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / APELACIÓN DE LA SENTENCIA / DAÑO CAUSADO POR LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA / PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / DETENCIÓN ILEGAL / IMPOSICIÓN DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / IMPROCEDENCIA DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / PRECLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN / CONFIGURACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD

[La Sala c]ondenará a la Fiscalía a reparar el daño causado por la privación de la libertad de la demandante […] porque se probó la ilegalidad de la medida de aseguramiento dictada en su contra. La Fiscalía no contaba con dos indicios graves de responsabilidad sobre la participación de la demandante en los delitos que se le imputaron y el ente acusador no justificó la necesidad de medida adoptada, lo cual constituye un requisito indispensable para su imposición. […] Por tratarse de una medida de aseguramiento ordenada bajo la vigencia del Código de Procedimiento Penal contenido en la Ley 600 de 2000, el daño causado por la privación de la libertad de la demandante es imputable a la Fiscalía General de la Nación, debido a que ésta fue la entidad que la dispuso. […] No está probado que la demandante […] hubiera realizado conductas dentro del proceso penal que pudieran ser determinantes para la privación de su libertad. Por el contrario, siempre manifestó ser inocente, razón por la cual no se configuró la culpa de la víctima.

FUENTE FORMAL: LEY 600 DE 2000

ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / DAÑO CAUSADO POR LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA / INCAUTACIÓN DE DINERO / BIEN INCAUTADO / FALTA DE ACREDITACIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO / NEGACIÓN DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO

[La Sala n]egará la reparación del daño causado por la incautación del dinero porque no se demostró su antijuridicidad y del daño causado por la incautación del computador con serial 14853239857 debido a que no se acreditó que el demandante […] fuera el propietario del computador y, en todo caso, la parte actora no acreditó su valor.

COPIA SIMPLE DE DOCUMENTO / VALORACIÓN DE LA COPIA SIMPLE DE DOCUMENTO / PROCEDENCIA DE LA VALORACIÓN DE LA COPIA SIMPLE DE DOCUMENTO

En esta providencia, la Sala: Valorará los documentos que obran en copia simple en el expediente, dando aplicación a lo dispuesto en los artículos 252 y 254 del CPC, toda vez que tales documentos -allegados en copia simple al proceso- no fueron tachados de falsos.

FUENTE FORMAL: CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL - ARTÍCULO 252 / CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL - ARTÍCULO 254

NOTA DE RELATORÍA: Sobre el valor probatorio de las copias simples, ver: Consejo de Estado, Sala Plena de la Sección Tercera, sentencia de unificación de 28 de agosto de 2013, rad. 25022, C.P.E.G.B.; y Corte Constitucional, sentencia de unificación SU-774 del 16 de octubre de 2014, M.P.M.G.C..

CADUCIDAD DE LA ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / TÉRMINO DE CADUCIDAD DE LA ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / CONTEO DEL TÉRMINO DE CADUCIDAD DE LA ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA /

Se pronunciará de fondo, porque están reunidos los presupuestos procesales para fallar y la demanda se presentó dentro del término de dos años consagrado en el artículo 136 del Código Contencioso Administrativo […].

FUENTE FORMAL: CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - ARTÍCULO 136

RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR DAÑO ANTIJURÍDICO / CARACTERÍSTICAS DEL DAÑO ANTIJURÍDICO / INEXISTENCIA DE DAÑO ANTIJURÍDICO

En el artículo 90 de la C.P. se consagró el daño antijurídico como fundamento de la responsabilidad patrimonial del Estado, entendido como aquel imputable a una entidad estatal, causado por la acción u omisión de sus agentes. La naturaleza antijurídica del daño depende del carácter particular y anormal del daño, así como de la inexistencia de un título jurídico válido que imponga al afectado el deber de soportarlo. Por lo tanto, la existencia de un daño antijurídico no está atada a la ilegalidad de la acción u omisión causante del mismo, ni el derecho a su reparación depende simplemente de la demostración de una actuación irregular o defectuosa del Estado o de la generación de un perjuicio con la acción o la omisión de sus agentes. […] [N]o tienen carácter antijurídico aquellos daños que: (i) afectan de manera general a toda la sociedad; (ii) no superan las cargas públicas que los individuos deben soportar normalmente por vivir en comunidad, (iii) los daños que tienen como fuente un título jurídico válido.

FUENTE FORMAL: CONSTITUCIÓN POLÍTICA - ARTÍCULO 90

NORMATIVIDAD DE LA DETENCIÓN PREVENTIVA / REQUISITOS DE LA DETENCIÓN PREVENTIVA

En vigencia de la Ley 600 de 2000, momento en el que se dispuso la detención de la víctima directa del daño, los requisitos legales que debían cumplirse para adoptar tal medida estaban previstos en sus artículos 355, 356 y 357, y eran los siguientes: La procedencia de la medida según el tipo de delito imputado (art. 357). La existencia de “por lo menos dos indicios graves de responsabilidad con base en las pruebas legalmente producidas dentro del proceso” (art. 356). La existencia de medios de prueba que permitieran deducir que la medida era necesaria “para garantizar la comparecencia del sindicado al proceso, la ejecución de la pena privativa de la libertad o impedir su fuga o la continuación de su actividad delictual o las labores que emprenda para ocultar, destruir o deformar elementos probatorios importantes para la instrucción, o entorpecer la actividad probatoria” (art. 355).

FUENTE FORMAL: LEY 600 DE 2000 - ARTÍCULO 355 / LEY 600 DE 2000 - ARTÍCULO 356 / LEY 600 DE 2000 - ARTÍCULO 357

PERJUICIO MORAL POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / INDEMNIZACIÓN DEL PERJUICIO MORAL / LIQUIDACIÓN DEL PERJUICIO MORAL

Para efectos de fijar la indemnización, la Sala aplicará los criterios unificados por la Sección Tercera de esta Corporación, en los cuales están establecidos los topes de las indemnizaciones que pueden ser reconocidas por concepto de perjuicios morales en casos de privación de la libertad. Para acreditar los perjuicios morales, la parte demandante solicitó los testimonios de […], amigas y vecinas de los demandantes, quienes coincidieron en señalar que la privación de la libertad de la demandante […] afectó gravemente su estado emocional, el de su familia y el de la familia de su esposo. […] Como la demandante […] solicitó la indemnización por su privación de la libertad desde el 13 de junio de 2006 hasta el 17 de julio de 2007, es decir por un término de 1 año, 1 mes y 5 días, y debido a que se probó el dolor sufrido por los demandantes como consecuencia de la privación de la libertad de la víctima directa, se tasarán los perjuicios morales a su grupo familiar […].

NOTA DE RELATORÍA: Sobre la tasación de perjuicios morales en caso de privación injusta de la libertad, cita: Consejo de Estado, Sala Plena de la Sección Tercera, sentencia de unificación jurisprudencial del 28 de agosto de 2014, rad. 36149, C.P.H.A.R. (e).

DAÑO AL BUEN NOMBRE / APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE REPARACIÓN INTEGRAL / DISCULPA PÚBLICA

La privación a la cual fue sometida la demandante […] afectó su derecho al buen nombre. Este daño se probó a partir de las publicaciones de distintos medios de comunicación allegadas al proceso en las que se difundió la noticia sobre la privación de la libertad de la víctima directa. En atención a que la parte demandante solicitó en la demanda una disculpa pública por parte de la entidad responsable, se ordenará a la Fiscalía General de la Nación emitir un comunicado en el que se disculpen con la víctima directa por el perjuicio causado y reconozcan que ella no era responsable de los delitos que se le imputaron. La anterior comunicación deberá remitirse dentro del mes siguiente a la ejecutoria de la presente providencia y se publicará en las plataformas de comunicación y difusión de la Fiscalía General de la Nación.

ALTERACIÓN EN LAS CONDICIONES DE EXISTENCIA DE LA PERSONA / DAÑO A LA VIDA EN RELACIÓN / FALTA DE PRUEBA / NEGACIÓN DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO

La parte demandante solicitó por este concepto el reconocimiento de […] para el núcleo familiar de la demandante […] por la criminalización de la víctima directa y el etiquetamiento social que ocurrió por la amplia divulgación de las imputaciones realizadas por la Fiscalía y […] el valor de una póliza de seguro de vida hacia el futuro hasta cuando se configure, si es el caso, el siniestro cubierto por la misma, o hasta cuando la demandante […] llegue a la edad legal de jubilación. La Sala negará la reparación de estos...

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