Sentencia Nº 25000-23-41-000-2015-00991-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 30-01-2020 - Jurisprudencia - VLEX 901366767

Sentencia Nº 25000-23-41-000-2015-00991-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 30-01-2020

Sentido del falloDENIEGA PRETENSIONES
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
Número de registro81518901
Número de expediente25000-23-41-000-2015-00991-00
Fecha30 Enero 2020
Normativa aplicada1. CN artículos 29, 90, 209, 85, 6. CC artículos 1568, 1571, 1579, 2344, 67, 70. Ley 610/2000 artículos 4, 5, 9, 23, 24, 56. CPACA artículos 137, 188. Ley 153/1887 artículo 12. Ley 1474/2011 artículos 119, 97, 118, 99, 100, 102, 98, 104. Ley 819/2003 artículo 17. Decreto 538/2008. Ley 4ª/1913 artículo 62. CGP artículos 365, 366
MateriaSOLIDARIDAD EN LOS PROCESOS DE RESPONSABILIDAD FISCAL - Régimen de transición para aquellas actuaciones y procesos iniciados con anterioridad a la vigencia de la Ley 1474 de 2011 / EL DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO DE DEFENSA - Alcances del debido proceso en las actuaciones administrativas / AUDIENCIA DE DESCARGOS - Se constituye en la oportunidad en la que los presuntos responsables fiscales pueden ejercer su derecho de defensa frente a los hechos que se le imputen / DESVIACIÓN DE PODER - Sentido y alcance de la causal de nulidad por desviación de poder y los presupuestos para su declaración / PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN FISCAL - Término y forma de contabilizarlo. / SOLIDARIDAD EN LOS PROCESOS DE RESPONSABILIDAD FISCAL - La solidaridad, para el caso de la responsabilidad fiscal, resulta aplicable incluso de manera previa a la entrada en vigencia de la Ley 1474 de 2011, ello conforme a la normatividad vigente del Código Civil Colombiano / EL DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO DE DEFENSA - Componentes del derecho de defensa / EL DEBIDO PROCESO Y EL DERECHO DE DEFENSA - Aplicación en el proceso de responsabilidad fiscal / TESIS: Extracto: “(…) De conformidad con la norma transcrita (artículo 119 de la Ley 1474 de 2011. Anota la relatoría), y para el caso que nos ocupa, se tiene que, en los procesos de responsabilidad fiscal en los cuales se demuestre la existencia de daño patrimonial al Estado proveniente hechos irregulares, responderán solidariamente las personas que concurran al hecho generador del mismo, hasta la recuperación del detrimento patrimonial.
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