Sentencia Nº 25000-23-42-000-2017-02209-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 09-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 904954799

Sentencia Nº 25000-23-42-000-2017-02209-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 09-06-2021

Fecha09 Junio 2021
Número de expediente25000-23-42-000-2017-02209-00
Número de registro81568821
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Colpensiones / RELIQUIDACIÓN PENSIÓN - El accionante no demostró que en el cálculo del Ingreso Base de Liquidación se hubiere omitido alguno de los emolumentos percibidos y que deben ser incluidos conforme al Decreto 1158 de 1994 y a las normas que rigen las prestaciones económicas especiales para los servidores de la Rama Judicial y de la Fiscalía General de la Nación / CONDENA EN COSTAS - Como quiera que no se encuentra comprobada su causación en el sub lite, no se encuentra que las partes hayan observado una conducta temeraria ni desplegado maniobras dilatorias, no hay lugar a condenar en costas a la parte desfavorecida con la decisión adoptada en esta instancia. / TESIS: Problema jurídico: ¿Establecer si el señor (…) tiene derecho o no a la reliquidación de su pensión con la asignación mensual más alta devengada en el último año de servicios teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto Ley 546 de 1971, o lo dispuesto en las Leyes 33 y 62 de 1985, por ser beneficiario del régimen de transición de la Ley 100 de 1993?
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