Sentencia Nº 25000-23-42-000-2017-04208-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 13-07-2021 - Jurisprudencia - VLEX 905273065

Sentencia Nº 25000-23-42-000-2017-04208-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 13-07-2021

Fecha13 Julio 2021
Número de expediente25000-23-42-000-2017-04208-00
Número de registro81596509
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Colpensiones / RECONOCIMIENTO Y PAGO DE LA PENSIÓN - Si bien la demandante tenía causado el derecho a su pensión de jubilación el 5 de octubre de 2012, en esa fecha no presentó ninguna solicitud a la entidad tendiente al reconocimiento de la prestación, hasta el 6 de agosto de 2013 presentó reclamación administrativa / RETROACTIVO PENSIONAL - Le asiste razón a la entidad en lo resuelto el 19 de julio de 2016, así como en los actos administrativos posterior del 27 de octubre y del 21 de noviembre de 2016 y, del 6 de enero, del 22 de marzo y del 12 de marzo de 2017, por medio de los cuales resolvió que el retroactivo pensional debe reconocerse a partir del 2 de marzo de 2015, la Sala negará las pretensiones de la demanda presentada por la señora (…). / TESIS: Problema jurídico: ¿Establecer si procede el reconocimiento y pago de la pensión desde la fecha en que se cumplieron los requisitos pese a existir cotizaciones posteriores y, por ende, si la demandante tiene derecho a que su pensión se reconozca a partir del 5 de octubre de 2012, reconociéndosele las mesadas pensionales causadas desde esa fecha hasta el mes de marzo de 2015 por concepto de retroactivo pensional, teniendo en cuenta que, según manifiesta la parte actora, la demandante cotizó con posterioridad a esa fecha por error del Fondo Pensional?
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