Sentencia Nº 25000-23-25-000-2012-01487-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 27-07-2021 - Jurisprudencia - VLEX 905273085

Sentencia Nº 25000-23-25-000-2012-01487-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 27-07-2021

Número de expediente25000-23-25-000-2012-01487-00
Fecha27 Julio 2021
Número de registro81596504
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Nación Procuraduría General de la Nación / PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA - Opera trascurridos 5 años contados a partir de consumación de la falta disciplinaria atribuida a la demandante, desde la realización del último acto, el 24 de enero de 2007, se configuraba solo hasta el 24 de enero de 2012 / SANCIÓN DISCIPLINARIA - El fallo disciplinario de primera instancia fue proferido el 15 de julio de 2011 y notificado el 27 del mismo mes y año, fecha en la cual, se interrumpió el término de prescripción, casi seis meses antes de que esta se configurara. no operó la prescripción de la acción disciplinaria, la Procuraduría General de la Nación sancionó disciplinariamente a la demandante con plena competencia para ello. / TESIS: Problemas jurídicos: ¿Establecer si en presente asunto operó el fenómeno de la prescripción de la acción disciplinaria y, en caso negativo, se deberá determinar si los actos demandados en el sub lite fueron expedidos con falsa motivación, con violación al debido proceso y al derecho de defensa, por lo tanto, si los actos deben ser anulados y, en consecuencia, si la demandante tiene derecho a la cancelación de la sanción impuesta en los registros correspondientes?
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