Sentencia Nº 250002315000202001532-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 19-05-2020 - Jurisprudencia - VLEX 901379257

Sentencia Nº 250002315000202001532-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 19-05-2020

Número de expediente250002315000202001532-00
Número de registro81517985
Fecha19 Mayo 2020
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaACCIÓN DE TUTELA - Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaría Distrital de Integración Social, Instituto para la Economía Social Ipes y Presidencia de la República / DERECHOS FUNDAMENTALES AL MÍNIMO VITAL Y DIGNIDAD HUMANA - Alcance / NIEGA POR IMPROCEDENTE - Se debe negar por improcedente el amparo invocado, la actora no logró demostrar los hechos narrados, ni la vulneración alegada, no demostró haber adelantado alguna actuación ante las autoridades accionadas para obtener las ayudas que requiere, la tutela no se puede convertir en el mecanismo idóneo para acceder a lo solicitado, las entidades accionadas demostraron que la actora no presentó ninguna clase de petición solicitando las ayudas y no lograron encontrar información de la accionante en las bases de datos, no es viable acceder a lo pretendido solo con fundamento en lo manifestado por la parte actora, pues si bien se presume que actúa con base en el principio de la buena fe, omitió una carga mínima probatoria de acreditar lo que dice y tampoco se vislumbra la existencia de un perjuicio irremediable que amerite que la acción proceda como mecanismo transitorio. / TESIS: Problema jurídico: Establecer si, ¿La Alcaldía Mayor de Bogotá Secretaria Distrital de Integración Social, el Instituto para la Economía Social IPES y la Presidencia de la República, vulneraron los derechos fundamentales al mínimo vital y dignidad humana de la señora (…), por no haberle otorgado las ayudas humanitarias que requiere mientras dura el aislamiento social decretado por el gobierno, ante la imposibilidad de trabajar como lo venía haciendo como vendedora informal, o si por el contrario, la acción de tutela se torna improcedente en este asunto? TESIS: MAGISTRADO SUSTANCIADOR: JAIME ALBERTO GALEANO GARZ - TESIS: SEGUNDO.- Notifíquese la presente decisión a las partes, por el medio más expedito, conforme lo establece el Artículo 2.2.3.1.1.4. del Decreto 1069 del 26 de mayo de 2015, "Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector justicia y del derecho”, y en caso de no ser impugnada, remítase a la Honorable Corte Constitucional para su eventual revisión, una vez se levante la suspensión de términos ordenada para dicha Corporación en el Acuerdo PCSJA20-11519 de 16 de marzo de 2020 y sus subsiguientes prórrogas.

ACCIÓN DE TUTELA – Alcaldía Mayor de Bogotá, Secretaría D. de Integración Social, Instituto para la Economía Social Ipes y Presidencia de la República / DERECHOS FUNDAMENTALES AL MÍNIMO VITAL Y DIGNIDAD HUMANA – Alcance / NIEGA POR IMPROCEDENTE - Se debe negar por improcedente el amparo invocado, la actora no logró demostrar los hechos narrados, ni la vulneración alegada, no demostró haber adelantado alguna actuación ante las autoridades accionadas para obtener las ayudas que requiere, la tutela no se puede convertir en el mecanismo idóneo para acceder a lo solicitado, las entidades accionadas demostraron que la actora no presentó ninguna clase de petición solicitando las ayudas y no lograron encontrar información de la accionante en las bases de datos, no es viable acceder a lo pretendido solo con fundamento en lo manifestado por la parte actora, pues si bien se presume que actúa con base en el principio de la buena fe, omitió una carga mínima probatoria de acreditar lo que dice y tampoco se vislumbra la existencia de un perjuicio irremediable que amerite que la acción proceda como mecanismo transitorio.

Problema jurídico: Establecer si, ¿La Alcaldía Mayor de Bogotá – Secretaria D. de Integración Social, el Instituto para la Economía Social – IPES y la Presidencia de la República, vulneraron los derechos fundamentales al mínimo vital y dignidad humana de la señora (…), por no haberle otorgado las ayudas humanitarias que requiere mientras dura el aislamiento social...

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