Sentencia Nº 25000233600020190016600 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 23-01-2020 - Jurisprudencia - VLEX 901348363

Sentencia Nº 25000233600020190016600 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 23-01-2020

Sentido del falloDECLARAR
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
Número de registro81514370
Número de expediente25000233600020190016600
Fecha23 Enero 2020
MateriaMEDIO DE CONTROL - Controversias Contractuales / CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS - Incumplimiento contractual / CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS - Características / COMISIÓN DE ÉXITO - Procedencia en contratos de prestación de servicios / TESIS: (…) debe decirse entonces que para que proceda la declaratoria de incumplimiento de un contrato estatal, debe estar al menos probado que, de un lado la parte solicitante ejecutó el contrato a cabalidad y de otro, que el contratante omitió el incumplimiento de una de sus obligaciones. (…) De lo descrito en la demanda, la contestación y la fijación del litigio, se tiene que se incumplió parcialmente con la obligación número 1 contenida en el parágrafo 2 de la cláusula primera del contrato de prestación de servicios No. 2525 de 2016 pues si bien se cancelaron los honorarios fijos de los meses marzo a septiembre de 2016 por valor de dos millones trescientos veinte mil pesos ($2.320.000), en las facturas No. 307, 308, 311, 318, 321, 326 y 335 de 2016, se adeudan los honorarios fijos por la gestión desplegada por la demandante durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2016 y presentados en las facturas No. 340, 347 y 363 y la comisión de éxito pactada. Por lo expuesto anteriormente la Sala accederá a las súplicas realizadas en el libelo inicial, de manera que declarará el incumplimiento del contrato No. 2525 de 2016 y condenará a los pagos respectivos de acuerdo a la liquidación del contrato que se pasa a exponer. (
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR