Sentencia Nº 25000233700020170032400 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 06-12-2018 - Jurisprudencia - VLEX 900664408

Sentencia Nº 25000233700020170032400 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 06-12-2018

Sentido del falloSe DENIEGAN las súplicas de la demanda
Número de expediente25000233700020170032400
Número de registro81485475
Fecha06 Diciembre 2018
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN CUARTA

- SUBSECCIÓN “B”-

Bogotá, seis (6) de diciembre de dos mil dieciocho (2018)

Magistrado Ponente: Dr. JOSÉ ANTONIO MOLINA TORRES

EXPEDIENTE: 25000233700020170032400

DEMANDANTE: BLU FASHION SAS EN LIQUIDACION

DEMANDADO: UAE DIAN

ASUNTO: IVA 6° BIMESTRE AÑO GRAVABLE 2012

SENTENCIA

BLU FASHION SAS EN LIQUIDACION , a través de apoderado presentó demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra los actos administrativos a través de los cuales la DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES-DIAN modificó la declaración del 6° bimestre del IVA del año gravable 2012, presentada por la actora.

I. PARTE ACTORA

DECLARACIONES Y CONDENAS

Primero;

Se declare la nulidad la liquidacion oficial de revisión No 312412015000145 del 04 de septiembre de 2015, proferida por la División de Gestión de Liquidación

De la Dirección Seccional de Impuestos a los Grandes Contribuyentes, mediante la cual se modifica la liquidación privada del bimestre sexto(06) del impuesto sobre las ventas IVA del año gravable 2012, presentada por BLU FASHION S.A.S EN LIQUIDACION, donde se había declarado y pagado la suma de $ 150.859.000 y en su lugar se impone la suma de $2.241.408.000.

SEGUNDO;

Se declare la nulidad de la Resolución No. 10133 de 22 de diciembre de 2016 proferida por la Subdirección de Gestión de Recursos Jurídicos de la Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN, que confirmo en todas sus partes la liquidación Oficial de Revisión No 312412015000145 del 04 de septiembre de 2015.

Tercero;

Se determine la nulidad de la sanción por inexactitud por cuantía de $ 1.379.328.000 impetrada a BLU FASHION S.A.S EN LIQUIDACION en los actos administrativos demandados.

CUARTO;

Que como consecuencia de lo anterior se respeten los valores registrados voluntariamente en la declaración del sexto (06)bimestre del impuesto sobre las ventas IVA del año 2012 presentada por BLU FASHION S.A.S EN LIQUIDACION el 21 de enero de año 2013,en el formulario No. 3008629810262 y autoadhesivo No. 91000165244681que registra un saldo a pagar por $ 150.859.000.

QUINTO;

Que a título de restablecimiento del derecho se reconozca la actuación en el principio de buena fe y del principio de autonomía de la voluntad privada, así como también se respete el derecho a la igualdad a la sociedad comercial BLU FASHION S.A.S EN LIQUIDACION en cuanto a la responsabilidad respecto del impuesto en discusión en la relación comprador proveedor en el presente caso.

SEXTO;

Que se condene a la parte demandada al pago de costas procesales y agencias en derecho.

I. HECHOS

El despacho los resume así:

1.? El 21 de enero de 2013 la sociedad BLU FASHION SAS en liquidación presentó declaración de IVA del sexto bimestre del año gravable 2012.

2.? El 20 de febrero del 2015 la DIAN de Bogotá le dio apertura al expediente nro. 2012 2015 0000134 contra la sociedad BLU FASHION SAS en liquidación, por el IVA correspondiente al sexto bimestre del año gravable 2012.

3.? La DIAN hace mención a un auto de traslado de pruebas identificado con el nro.196 del 23 de febrero de 2015 y otra acción similar, mediante la cual se trasladan documentos y pruebas contenidos en la investigación que se adelantó por el IVA correspondiente al año 2012.

4.? El 19 de diciembre de 2013 es proferido el Requerimiento Ordinario nro. 312382013000485 y las respuestas dadas al mismo por parte de BLU FASHION SAS EN LIQUIDACION.

5.? El 24 de julio de 2014 BLU FASHION SAS en liquidación da respuesta al requerimiento antes mencionado con nro. 8944.

6.? El 10 de marzo de 2015 el grupo interno de trabajo de auditoria especializada sector comercio de la División de Gestión de Fiscalización de la DIAN profiere el Requerimiento Especial nro. 312382015000015.

7.? El 16 de junio de 2015 BLU FASHION SAS en liquidación presentó escrito de contestación del Requerimiento Especial anterior, con radicado nro. 7946.

8.? El 4 de diciembre de 2015 la DIAN profiere la Liquidación Oficial de Revisión nro. 312412015000145.

9.? El 9 de febrero de 2016 BLU FASHION SAS en liquidación interpone Recurso de Reconsideración.

10.? El 22 de diciembre de 2016 la Subdirección de Recursos Jurídicos de la Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN profiere Resolución nro. 10133 por medio de la cual se resuelve el recurso de reconsideración desfavorablemente.

NORMAS VIOLADAS Y CONCEPTO DE VIOLACIÓN

La sociedad actora invoca como normas violadas las siguientes:

CONSTITUCIONALES

-? Artículo 4, 13, 16, 29 y 83 de la Constitución Política.

LEGALES

-? Artículos 617, 618, 683 y 771-2 del ET.

Al respecto, los argumentos se expresan así:

Violación de los...

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