Sentencia Nº 250002342000201704662-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 08-04-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879156213

Sentencia Nº 250002342000201704662-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 08-04-2021

Fecha08 Abril 2021
Número de expediente250002342000201704662-00
Número de registro81561032
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaRELIQUIDACIÓN PENSIÓN JUBILACIÓN - Tiene derecho a que la pensión de jubilación post mortem que le fue sustituida se reliquide y pague, en forma indexada, con el equivalente al setenta y cinco por ciento (75%) del salario promedio devengado durante el último año de servicios, incluyendo en la base de liquidación la asignación básica, conforme al salario realmente devengado y a la conversión que efectúe la UGPP de la moneda extranjera dólares estadounidenses a pesos colombianos / EMPLEADO PLANTA EXTERNA DEL MINISTERIO RELACIONES EXTERIORES - Alcance / TOPE DE LA MESADA PENSIONAL - La mesada pensional que resulte de la reliquidación de la pensión, no puede superar el tope máximo de 25 SMLMV, dicho límite debe ser entendido con respecto al monto de la mesada pensional, una vez sea reliquidada, y no a lo devengado por la accionante / PRESCRIPCIÓN - Es procedente declarar la prescripción de las mesadas pensionales causadas antes del 14 de julio de 2013, el reconocimiento data del año 2004, la petición de reliquidación pensional se radicó el 14 de julio de 2016, y presentó la demanda el 22 de septiembre de 2017, entre el reconocimiento y la petición de reliquidación de la pensión, transcurrieron más de los 3 años / DESCUENTOS - En caso que no se le hubiesen efectuado descuentos para pensión a la parte accionante respecto a lo realmente devengado, como funcionario de planta externa del Ministerio de Relaciones Exteriores, se deberá previamente hacer el respectivo descuento, en el porcentaje que legalmente corresponda al trabajador, y que las sumas que resulten de la deducción legal señalada, deben ser actualizadas con el fin de que no pierdan su valor adquisitivo, las cotizaciones constituyen una fuente de financiamiento de las prestaciones sociales, como lo es la pensión. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar si la parte demandante tiene derecho a que se le reliquide la pensión de jubilación post mortem que le fue sustituida, conforme al valor efectivamente devengado y cotizado por el causante, luego de efectuar la conversión del salario devengado en moneda extranjera a su equivalente en pesos colombianos, y no tomando la asignación del cargo equivalente en la planta interna, teniendo en cuenta además, los reajustes que ordena la ley, y adicionalmente, si se debe condenar al pago de las diferencias que resulten, tomando en consideración las mesadas canceladas y las que se reconozcan, en caso de prosperar las pretensiones de la demanda?
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