Sentencia Nº 250002342000201901700-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 15-04-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879259624

Sentencia Nº 250002342000201901700-00 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 15-04-2021

Fecha15 Abril 2021
Número de registro81560572
Número de expediente250002342000201901700-00
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Fondo de Previsión Social del Congreso de la República FONPRECON, Vinculado: Colpensiones / INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA DE LA PENSIÓN DE VEJEZ - Como la pensión de vejez reconocida por COLPENSIONES, está sufragada con el Tesoro Público y la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, también estaría financiada con recursos públicos, se está frente a una incompatibilidad, que impide el reconocimiento solicitado, por lo que las pretensiones de la demanda no están llamadas a prosperar / RESTITUCIÓN DE LOS APORTES O DEVOLUCIÓN DE SALDOS - Se encuentra prevista para los afiliados al Régimen de Ahorro Individual que, si bien cumplieron con la edad prevista para adquirir el derecho a la pensión, no alcanzaron a cotizar el número mínimo de semanas exigidas y no hayan acumulado el capital necesario para financiar una pensión por lo menos igual al salario mínimo, tampoco es procedente comoquiera que el actor reclama las cotizaciones efectuadas al Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, que es una administradora de pensiones del régimen de prima media con prestación definida. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar, si el demandante tiene derecho al reconocimiento y pago de la indemnización sustitutiva de la pensión de vejez, a pesar de devengar una pensión de jubilación otorgada por el extinto Instituto de Seguros Sociales ISS, hoy Administradora Colombiana de Pensiones -COLPENSIONES?
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