Sentencia Nº 25290-31-10-001-2020-00243-01 del Tribunal Superior de Cundinamarca Sala Civil - Familia, 17-11-2022 - Jurisprudencia - VLEX 980643895

Sentencia Nº 25290-31-10-001-2020-00243-01 del Tribunal Superior de Cundinamarca Sala Civil - Familia, 17-11-2022

Sentido del falloREVOCA SENTENCIA
Fecha17 Noviembre 2022
Número de expediente25290-31-10-001-2020-00243-01
Número de registro81686180
MateriaTESIS: “Conforme con lo normado en el artículo 1º de la ley 28 de 1932 y lo dispuesto en el artículo 1781 del C.C. sobre la conformación del haber o activo social, se tiene que este se divide en haber absoluto y relativo, lo que confirma el artículo 4 de la misma ley al señalar que “En el caso de la liquidación de que trata el artículo 1º de esta ley, se deducirá de la masa social o de lo que cada cónyuge administre separadamente, el pasivo respectivo. Los activos líquidos restantes se sumarán y dividirán conforme al código civil previas las compensaciones y deducciones de que habla el mismo código”; lo que desde el ámbito procesal se hace efectivo con la regulación del código general del proceso que en su sección tercera, capítulo VI, título II, artículo 523.”
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