Sentencia Nº 25899-33-33-002-2021-00144-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 18-08-2021 - Jurisprudencia - VLEX 905270492

Sentencia Nº 25899-33-33-002-2021-00144-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 18-08-2021

Fecha18 Agosto 2021
Número de expediente25899-33-33-002-2021-00144-01
Número de registro81581094
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaACCIÓN DE CUMPLIMIENTO - Departamento de Cundinamarca, Secretaría de Transporte y de Movilidad de Cundinamarca, Sede Operativa de Cajicá / PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 159 DE LA LEY 769 DE 2002, CÓDIGO NACIONAL DE TRÁNSITO TERRESTRE, ARTÍCULO 818 DEL ESTATUTO TRIBUTARIO - No son de recibo los argumentos expuestos por el actor pues, éste dispone del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho para controvertir las decisiones que considere contrarias a derecho, proferidas dentro del procedimiento de cobro coactivo que se adelanta en su contra / PRESCRIPCIÓN DE LAS SANCIONES DE TRÁNSITO IMPUESTAS - La prescripción que alega el actor es una de las excepciones que debieron proponerse en contra del acto que ordenó librar mandamiento de pago (…) y es en dicho escenario donde debió alegarse / IMPROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO ANTE LA EXISTENCIA DE OTRO MEDIO DE DEFENSA JUDICIAL - La acción se torna improcedente de conformidad con el artículo 8 de la Ley 393 de 1997 pues, el actor dispone del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho para controvertir las decisiones que considera contarías a derecho proferidas con ocasión del proceso coactivo que se adelanta en su contra, máxime que se ha dispuesto por parte de la autoridad accionada continuar con la ejecución. / TESIS: Reliquidación Pensión Docente
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