Sentencia Nº 500012204000 2018 00373 00 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 29-10-2018 - Jurisprudencia - VLEX 850357257

Sentencia Nº 500012204000 2018 00373 00 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 29-10-2018

Sentido del falloNIEGA
Fecha29 Octubre 2018
Número de registro81472438
Número de expediente500012204000 2018 00373 00
Normativa aplicadaDecreto nu. 2591 de 1991
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Villavicencio de Colombia)
2018-11-23 (1)

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO SALA PENAL

Magistrado ponente: PATRICIA RODRÍGUEZ TORRES

Raldicá-eióiiP---j .50-001'.:52- 04-600'2'0'1-8--''01373 00 ;Mór,i[caBazmín Montero Rodríguez. A. • - ,...,,, /el ;' Fiscalía Primera

9 delegada ante el Tribunal

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...,„,...,-----..,',,:, ,..,--4,-,--,,,N.., .., 4,-, '

NiegaJampaYo: `---) -

tArag,17'1141). , .., . „,.. \ 29 .cl'éoclubre de 201'8.

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I , ,.., r; I. DECISION( id) ze---,-----,:---

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-1. 1;

tl Resuelve esta Corporación la accion de tutela presentada por Mónica 11 Jazmín Montero Rodríguez, contra la Fiscalía Primera delegada ante

I II el Tribunal Superlarden Villa4icentTofl. pornia4presurita vulneración del

1 1 1 Yi5 A-1; Z141, 117,1/1., li (.-1,1,1/il 11

derecho fundamental depetiecíón. vi 4 E, ae Ita jutagealuira --IWANTECEDENTES:---r----- j

2.1. De la solicitud del accionante.

La accionante Mónica Jazmín Montero Rodríguez informó que el treinta (30) de agosto de dos mil dieciocho (2018), solicitó a la Fiscalía Primera delegada ante el Tribunal Superior de Villavicencio programar ampliación de denuncia que interpuso contra el Juez Segundo Civil del Circuito deVillavicencio e informar el estado de dicha actuación, sin qué

Aceionante:

Accionado: pl

. , Decision-:

Aprobación: f',,),1 • Fecha

1 I C;;

Tutela No: 50001 22 04 000 2018 00373 00. — la instancia. Accionan/e: Mónica Jazmín Montero Rodríguez.

Accionado: Fiscalía I delegada ante el Tribunal de Villavicencio.

hubiese obtenido respuesta; por lo que solicitó amparar su derecho fundamental de petición'.

2.2. Trámite y respuesta de la entidad accionada.

Inicialmente, el conocimiento de la presente acción constitucional correspondió al Juzgado 33 Penal Municipal de Medellín, autoridad judicial que en-auto -del tres-(3) de-octubre de-dos-mil dieciocho (2018), dispuso la rerhisión de la actuaciril a esta Corporación, que el dieciséis f,

,g... ,_'''', (16) de octubre siguiente , -,,javocó el' conbeirniento y ordenó el traslado de

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la demanda a Fla accio"nada2. ----

La Fiscalía Primera delegada ;sár iteélj:-.1Tribfunal Superior de Villavicencio ; J 1

-..,-. . ;

informó que el veintiuno (21) dernarZo de dos mil dieciocho (2018), le L 11-,1 k .' ,/ •

correspondió conocer de la inda-g -a-Ción No. 500010 00 567 2018 01097 - --,/, it., .21. • 4 1 '

00, adelantada contra el Juez Segundo Civil,c1,e1,7Circiiito de Villavicencio d i ,,VF/ ,./ . i

por el delito de prevaricato Or-omisiólí,-debidó a la compulsa de copias efectuada por; la AgenciaNácionalde-Defensa Jurídica del Estado, a

...., ,- :i : , propósito del trámite de una acción de tutela. i

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Adujo que el ireih'ta'-qirdril((r 159delTdol6=d-e'‹ ':gb- r mil dieciocho (2018), r

a través de córreoirelettranico,,,recibiorlaTs`blicitud de ;Montero Rodríguez tu+ k.S., wv,

para que se 1programara ampliación de denuncia el trece (13) de septiembre siguiente, impartió dicha orden a- PoliCía Judicial, para lo que concedió sesenta (60) días, dado que la denunciante reside en Medellín - Antioquia.

Señaló que el catorce (14) de septiembre del año en curso, en oficio No. 20340-099-04-F-01-178, comunicó a la actora que, a efecto de recibir la ampliación de denuncia emitió orden a policía Judicial, a través del correo electrónico aportado en la solicitud que corresponde a mojamoro@hotmail.com. Folio 2 y ss del cuaderno original de tutela

2 Folio 13 del cuaderno original de tutela. 2

Tutela No: 50001 22 04 000 2018 00373 00. — 1" instancia Accionante: Mónica Jazmín Montero Rodríguez

Accionado: Fiscalía 1 delegada ante el Tribunal de Villavicencio. •

Agregó que, el investigador al que correspondió cumplir tal orden informó que el dos (2) de octubre de este año, solicitó apoyo al Cuerpo Técnico de Investigación de Medellín y aún no ha transcurrido el término fijado, por lo que solicitó no amparar el derecho invocado, dado que se presentó carencia actual de objeto por hecho superado3.

Por su parte, el Técnico Investigador II del grupo GICET del Cuerpo Técnico de...

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