Sentencia Nº 500012204000 2020 00462 00 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 10-11-2020 - Jurisprudencia - VLEX 879154717

Sentencia Nº 500012204000 2020 00462 00 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 10-11-2020

Sentido del falloSeguridad de Acacías y otros
MateriaTESIS: "... En el presente asunto, la petición presentada por el accionante se estudiará bajo la óptica del debido proceso y de manera separada en relación con las autoridades involucradas . A partir de la respuesta suministrada por el juzgado accionado, se advierte que Luis Alberto Patiño Arango fue vinculado al proceso No. 05147 61 00 497 2013 00095, por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años, actuación en la cual el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Montelíbano - Córdoba el veintisiete (27) de octubre de dos mil quince (2015), le impuso medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario. En relación con esa actuación se estableció que el veinticuatro (24) de diciembre de dos mil quince (2015), la Fiscalía Delegada radicó escrito de acusación y, agotado el debate probatorio, el quince (15) de febrero de dos mil dieciocho (2018), el juzgado accionado anunció sentido de fallo absolutorio en favor del accionante, mientras que el ocho (8) de junio de dos mil dieciocho (2018), profirió la sentencia respectiva. A pesar de la respuesta suministrada por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Apartadó - Antioquia, esta autoridad judicial guardó silencio en relación con los dos (2) requerimientos realizados por el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacías para que informara el estado de la actuación, a efecto de resolver la solicitud del actor dispuestos en autos del veinticuatro (24) de octubre de dos mil diecinueve (2019) y veintiocho (28) de octubre de dos mil veinte (2020). Con ese panorama, es evidente la vulneración del debido proceso en que incurrió el Juzgado accionado, pues a pesar de que hace un (1) año el juzgado ejecutor lo requirió por primera vez para que remitiera la información que suministró a esta corporación en el traslado de la acción de tutela, no ha procedido a ello, lo que ha impedido que la solicitud del actor sea respondida cabalmente...."
Número de registro81544553
Fecha10 Noviembre 2020
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Villavicencio de Colombia)
Número de expediente500012204000 2020 00462 00
Normativa aplicada1. T_215A /11
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