Sentencia Nº 50001312100220150011601 del Tribunal Superior de Bogotá, 22-05-2018 - Jurisprudencia - VLEX 849630654

Sentencia Nº 50001312100220150011601 del Tribunal Superior de Bogotá, 22-05-2018

Fecha22 Mayo 2018
Número de expediente50001312100220150011601
Número de registro81472214
EmisorTribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá (Colombia)
MateriaACCIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS - titulares del derecho a la restitución / TESIS: La acción de restitución de tierras, como mecanismo asociado a la justicia transicional, en el sistema normativo colombiano se encuentra regulada en disposiciones de diversos órdenes; algunas hacen parte del bloque de constitucionalidad, el cual introduce estándares internacionales aplicables al desplazamiento y despojo de tierras, y otras introducidas principalmente en la Ley 1448 de 2011, sus Decretos Reglamentarios 4800 de 2011 y el 4829 de 2011 que reglamenta el Capítulo concerniente a la restitución de tierras. ACCIÓN DE RESTITUCIÓN DE TIERRAS - presupuestos para la prosperidad de la acción / TESIS: La acción de restitución de tierras, como mecanismo asociado a la justicia transicional, en el sistema normativo colombiano se encuentra regulada en disposiciones de diversos órdenes; algunas hacen parte del bloque de constitucionalidad, el cual introduce estándares internacionales aplicables al desplazamiento y despojo de tierras, y otras introducidas principalmente en la Ley 1448 de 2011, sus Decretos Reglamentarios 4800 de 2011 y el 4829 de 2011 que reglamenta el Capítulo concerniente a la restitución de tierras. CONTEXTO GENERAL DE VIOLENCIA - conflicto armado en el Departamento del Meta y en el Municipio de Puerto Lleras / TESIS: Con respecto al tema el Tribunal, expresó: VÍCTIMA - Hecho Victimizante / TESIS: Ahóndese, por estar suficientemente acreditado el conflicto imperante en la vereda, en el primer suceso lesivo que se aseguró por los demandantes, es decir, en el que se perpetró entre 1996 y 1998, cuando pertenecientes al Frente 43 de las FARC asesinaron a Alonso Parra Muñoz, desaparecieron a Guillermo Parra Muñoz, David Parra Muñoz e Ismael Vega e infundieron amenazas a la difunta Delia Muñoz Cruz que la llevaron a abandonar las casi 400 hectáreas que llevaban por nombre ‘El Milagro’. DESPOJO Y ABANDONO DEL BIEN INMUEBLE - concepto normativo de abandono y despojo / TESIS: El artículo 74 de la Ley 1448 de 2011, define el despojo como “…la acción por medio de la cual, aprovechándose de la situación de violencia, se priva arbitrariamente a una persona de su propiedad, posesión u ocupación, ya sea de hecho, mediante negocio jurídico, acto administrativo, sentencia, o mediante la comisión de delitos asociados a la situación de violencia”. Por abandono forzado de tierras, según esta disposición se entiende “(…) la situación temporal o permanente a la que se ve avocada una persona forzada a desplazarse, razón por la cual se ve impedida para ejercer la administración, explotación y contacto directo con los predios que debió desatender en su desplazamiento durante el periodo establecido en el artículo 75.” BUENA FE EXENTA DE CULPA - el opositor no logra acreditar la buena fe exenta de culpa en la acción de restitución de tierras / TESIS: Memórese que en el marco del proceso de restitución de tierras el legislador juzgó pertinente exigir al opositor que invoque ejercicio legítimo de sus derechos, probar que actuó ceñido a la buena fe, pero en la modalidad exenta de culpa ; anótese que, según autorizada doctrina y jurisprudencia, ésta tiene “(…) la virtud de crear una realidad jurídica o dar por existente un derecho o situación que realmente no existía…” , exigiendo, para que lo anterior ocurra, que se “(…) aport[en] elementos probatorios que demuestren la diligencia y el cuidado practicados por quien aparentemente adquirió un derecho de manera legítima…” , valiendo iterar que cuando se demuestra que “(…) el error o equivocación es de tal naturaleza que cualquier persona prudente y diligente también lo hubiera cometido, por tratarse de un derecho o situación aparentes, pero en donde es imposible descubrir la falsedad o no existencia, nos encontramos forzosamente, ante la llamada buena fe cualificada o buena fe exenta de toda culpa" .
Normativa aplicadaLey 1448 de 2011 art. 3, 5, 74, 75, 79, 86, 98 y 121. \ Resolución Nº 60/147 del 24 de octubre de 2005 \ Decreto 4800 de 2011 \ Decreto 4829 de 2011
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