Sentencia Nº 500016000 564 2013 4043 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 15-11-2018
Sentido del fallo | CONFIRMA SENTENCIA |
Número de registro | 81475120 |
Fecha | 15 Noviembre 2018 |
Número de expediente | 500016000 564 2013 4043 01 |
Normativa aplicada | Código Penal art. 31 |
Emisor | Sala Penal (Tribunal Superior de Villavicencio de Colombia) |
TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO
SALA PENAL
Magistrado Ponente: Alcibíades Vargas Bautista
Senfencia: Segunda Instancia Radicado: 50001 60 00 564 2013 4043 01 Procedencia: Juzgado 5° Penal del Circuito de
Villavicencio Delito: Estafa y otro Acusado Carlos Alberto Leal Rojas
Aprobado Acta N° 158
Fecha: 15 de noviembre de 2016
ASUNTO
Se decide el recurso de apelación interpuesto por la defensa contra la
sentencia anticipada del 29 de junio de 2017, proferida por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Villavicencio, mediante la cual se condenó a CARLOS ALBERTO LEAL ROJAS por los delitos de falsedad material en
documento privado y estafa.
HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL
1. Los hechos ocurren entre los meses de junio y julio del año 2013, cuando, CARLOS ALBERTO LEAL ROJAS cobró los cheques números
56249-6 56251-9, 56256-7, 56257-0 y 56258-4 'del Banco Davivienda,
por un valor total de $21.360.000, los que pertenecían a la cuenta corriente No. 05600962699999916, de titularidad de la Liga Contra el
Sentencia 2" instancia RUN: 50001 60 00 564 2013 04043 01
Carlos Alberto 1,ea1 Rojas
Cáncer Seccional Meta y que habían sido sustraídos de la oficina de tesorería de la entidad
El 30 de junio de 2015, CARLOS ALBERTO LEAL ROJAS fue declarado en contumacia' y la fiscalía le formuló imputación por los delitos de los
delitos de estafá (art. 246 del C.P.) y falsedad material en documento privado (art. 289 ídem)2 en concurso homogéneo y sucesivo, sin el reconocimiento de circunstancias de menor o de mayor punibilidad
En desarrollo de la audiencia de formulación de acusación3, el procesado se allanó a los cargos atribuidos. Así, el Juzgado Quinto Penal del Circuito de esta ciudad, mediante sentencia anticipada dictada
el 29 de junio de 2017,4 condenó a CARLOS ALBERTO LEAL ROJAS a la
pena principal de 68 meses de prisión y multa de 266,66 salarios
mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación de derechos' y
funciones públicas por el mismo lapso dé la pena principal de prisión.
En la labor de dosificación punitiva por el concurso de delitos, el
fallador, luego de individualizar las penas, escogió como pena más
grave la prevista en el art. 246 del C.P., esto es, la estafa. Atendiendo
que no concurren circunstancias -de menor, ni mayor punibilidad, se ubicó en el primer cuarto de 'movilidad y fijó la pena en 50 meses de prisión y multa de 278 salarios mínimos legales mensuales vigentes. A
su turno, por tratarse de un concurso homogéneo y sucesivo, fijó un nuevo marco de movilidad entre 50 y 100 meses de prisión y multa de
1 El procesado fue declarado en contumacia en virtud a la imposibilidad de lograr su comparecencia, pese a tener conocimiento de la actuación procesal adelantada en su contra. Dicha declaración se realizó con asistencia de su abogado de confianza. 2 En audiencia preliminar celebrada el 30 de junio de 2015 ante el Jugado Tercero Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Villavicencio. Acta visible a folio 48 y ss . acta visible a folio 3
Audiencia desarrollada a través de medios virtuales, el 24 de mayo de...
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