Sentencia Nº 500016000 564 2013 4043 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 15-11-2018 - Jurisprudencia - VLEX 849630983

Sentencia Nº 500016000 564 2013 4043 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 15-11-2018

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
Número de registro81475120
Fecha15 Noviembre 2018
Número de expediente500016000 564 2013 4043 01
Normativa aplicadaCódigo Penal art. 31
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Villavicencio de Colombia)
RAD. 2013 4043 01

TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO

SALA PENAL

Magistrado Ponente: Alcibíades Vargas Bautista

Senfencia: Segunda Instancia Radicado: 50001 60 00 564 2013 4043 01 Procedencia: Juzgado 5° Penal del Circuito de

Villavicencio Delito: Estafa y otro Acusado Carlos Alberto Leal Rojas

Aprobado Acta N° 158

Fecha: 15 de noviembre de 2016

ASUNTO

Se decide el recurso de apelación interpuesto por la defensa contra la

sentencia anticipada del 29 de junio de 2017, proferida por el Juzgado Quinto Penal del Circuito de Villavicencio, mediante la cual se condenó a CARLOS ALBERTO LEAL ROJAS por los delitos de falsedad material en

documento privado y estafa.

HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL

1. Los hechos ocurren entre los meses de junio y julio del año 2013, cuando, CARLOS ALBERTO LEAL ROJAS cobró los cheques números

56249-6 56251-9, 56256-7, 56257-0 y 56258-4 'del Banco Davivienda,

por un valor total de $21.360.000, los que pertenecían a la cuenta corriente No. 05600962699999916, de titularidad de la Liga Contra el

Sentencia 2" instancia RUN: 50001 60 00 564 2013 04043 01

Carlos Alberto 1,ea1 Rojas

Cáncer Seccional Meta y que habían sido sustraídos de la oficina de tesorería de la entidad

El 30 de junio de 2015, CARLOS ALBERTO LEAL ROJAS fue declarado en contumacia' y la fiscalía le formuló imputación por los delitos de los

delitos de estafá (art. 246 del C.P.) y falsedad material en documento privado (art. 289 ídem)2 en concurso homogéneo y sucesivo, sin el reconocimiento de circunstancias de menor o de mayor punibilidad

En desarrollo de la audiencia de formulación de acusación3, el procesado se allanó a los cargos atribuidos. Así, el Juzgado Quinto Penal del Circuito de esta ciudad, mediante sentencia anticipada dictada

el 29 de junio de 2017,4 condenó a CARLOS ALBERTO LEAL ROJAS a la

pena principal de 68 meses de prisión y multa de 266,66 salarios

mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación de derechos' y

funciones públicas por el mismo lapso dé la pena principal de prisión.

En la labor de dosificación punitiva por el concurso de delitos, el

fallador, luego de individualizar las penas, escogió como pena más

grave la prevista en el art. 246 del C.P., esto es, la estafa. Atendiendo

que no concurren circunstancias -de menor, ni mayor punibilidad, se ubicó en el primer cuarto de 'movilidad y fijó la pena en 50 meses de prisión y multa de 278 salarios mínimos legales mensuales vigentes. A

su turno, por tratarse de un concurso homogéneo y sucesivo, fijó un nuevo marco de movilidad entre 50 y 100 meses de prisión y multa de

1 El procesado fue declarado en contumacia en virtud a la imposibilidad de lograr su comparecencia, pese a tener conocimiento de la actuación procesal adelantada en su contra. Dicha declaración se realizó con asistencia de su abogado de confianza. 2 En audiencia preliminar celebrada el 30 de junio de 2015 ante el Jugado Tercero Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Villavicencio. Acta visible a folio 48 y ss . acta visible a folio 3

Audiencia desarrollada a través de medios virtuales, el 24 de mayo de...

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