Sentencia Nº 500016008816 2013 004429 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 11-05-2018 - Jurisprudencia - VLEX 849708349

Sentencia Nº 500016008816 2013 004429 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 11-05-2018

Número de registro81455733
Número de expediente500016008816 2013 004429 01
Fecha11 Mayo 2018
Normativa aplicadaLey nu. 1098 de 2006 art. 177,178,179
MateriaSISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL PARA ADOLESCENTES - / IMPOSICION SANCION - / CRITERIOS DE PONDERACION - La imposiciòn de la sanciòn amerita la valoraciòn de la naturaleza y gravedad de la conducta /
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Villavicencio de Colombia)

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO SALA PENAL PARA ADOLESCENTES

Radicación:

Procedencia:

Procesado:

Delito:

Apelación:

Aprobado:

Fecha:

Decisión:

Lectura:

Magistrada Sustanciadora: PATRICIA RODRÍGUEZ TORRES

500016008816201304429 01 Juzgado 2 Penal del Circuito para Adolescentes de Conocimiento J.S.M.Y.

Homicidio culposo agravado Sentencia con aceptación de cargos Acta N.O 0 5

ti 1 MAY 2018

Confirma

O 7 MAY 2018

/

LA DECISIÓN.

Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por el defensor del adolescente J.S.M.Y., respecto de la sentencia condenatoria proferida el diecinueve (19) de enero de dos mil quince (2015), por el Juzgado Segundo Penal para Adolescentes de Conocimiento, en el proceso adelantado por la conducta punible de homicidio culposo.

HECHOS.

Los hechos que dieron origen a la presente actuación tuvieron ocurrencia el once (11) de agosto de dos mil trece (2013), a las ocho y quince de la noche, aproximadamente, en la calle 33 B con carrera 37, barrio Barzal Bajo de esta ciudad, cuando se presentó una colisión entre el vehículo Mercedes Benz de placas RNH-334 conducido por el joven J.S.M.Y., y la motocicleta Yamaha,

Radicado: 50001600881620¡304429 01 Procesado: J.S.M.Y. Delito: Homicidio culposo agravado Decisión: Confirma

de placas BED 97D, conducida por Arley Leonardo Rojas Riveras, quien falleció a causa de las graves heridas que sufrió.

El adolescente huyó y minutos más tarde fue ubicado el rodante en la carrera 26 N° 34 - 31 del barrio San Isidro de esta ciudad, vehículo que en ese momento era conducido por el progenitor señor Milton Ramiro Medina Martínez, quien fue capturado por agentes de la Policía Nacional y posteriormente, dejado en libertad por orden del Fiscal.

• /

ACTUACIÓN PROCESAL.

El veintinueve (29) de mayo de dos mil catorce (2014), ante el Juez Segundo Penal Municipal con función de Control de Garantías para Adolescentes de esta ciudad, la Fiscalía formuló imputación a J.S.M.Y. por el punible de homicidio culposo agravado, de conformidad con los artículos 109 y numeral 2 del 110 del Código Penal, cargo que aceptó de forma libre, consciente, voluntaria y debidamente asistido por defensor.

El conocimiento del asunto correspondió al Juzgado Segundo Penal del Circuito para Adolescentes de esta ciudad, autoridad judicial que el veintisiete (27) de agosto de dos mil catorce (2014), decretó la nulidad de lo actuado, de conformidad con lo previsto por el artículo 146 del Código de Infancia y Adolescencia.

Contra la anterior decisión, la defensa interpuso el recurso de apelación y mediante providencia del siete (7) de octubre de dos mil catorce (2014), fue revocada en segunda instancia por otra Sala de Asuntos Penales para Adolescentes de este Tribunal6.

Radicado: 500016008816201304429 01 Procesado: J.S.M. Y. Delito: Homicidio culposo agravado Decisión: Confirma

El diecinueve (19) de enero de dos mil quince (2015), se realizó audiencia de imposición de sanción, en la que la Juzgadora verificó la legalidad del allanamiento a cargos, luego, se dio traslado del informe psicosocial realizado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar al referido adolescente y otorgó el uso de la palabra a las partes e intervinientes para que refirieran a la sanción a imponer.

LA SENTENCIA IMPUGNADA.

El Juez Segundo Penal del Circuito para Adolescentes de Conocimiento, en fallo leído en audiencia del diecinueve (19) de enero de dos mil quince (2015), consideró, luego del análisis respectivo, que se cumplían los presupuestos para proferir sentencia de condena en contra de J.S.M.Y., por el delito de homicidio culposo agravado.

El punible en mención, lo encontró acreditado con fundamento en los elementos materiales probatorios allegados por la Fiscalía y la aceptación de cargos del adolescente de manera libre, consciente, voluntaria y debidamente informada.

En consecuencia, de conformidad con el artículo 186 de la Ley 1098 de 2006, señaló que procedía el internamiento en medio semicerrado, definido como la vinculación del adolescente a un programa de atención especializado al cual debe asistir obligatoriamente durante el horario no escolar o en los fines de semana.

Radicado: 500016008816201304429 01 Procesado: J.S.M. Y. Delito: Homicidio culposo agravado Decisión: Confirma

Sostuvo que, se trata de una conducta grave, en la que el adolescente J.S.M.Y. asumió un comportamiento censurable que causó...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR