Sentencia Nº 500063153001 2019 00055 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Civil - Familia - Laboral, 06-05-2019 - Jurisprudencia - VLEX 836168149

Sentencia Nº 500063153001 2019 00055 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Civil - Familia - Laboral, 06-05-2019

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
Fecha06 Mayo 2019
Número de expediente500063153001 2019 00055 01
Número de registro81502221
Normativa aplicadaJurisprudencia nu. STC 147 de 2017 \ Código General del Proceso art. 384 num. 4
EmisorSala Civil - Familia - Laboral (Tribunal Superior de Villavicencio de Colombia)
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REPÚBUCA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL META

. RAMAJUpICIAL DEL PODER PÚBUCO TRIBUNAL SUPERIQR DEL DISTRITO JUDIC~ DE VI~VJCENCIO

SA4 DE D.ECISIÓN CIVIL - FAMILIA - LABORAL

HOOVER RAMOS SALAS Magistrado Ponente

Villavicencio (Meta), seis (06) de mayo de dos mil diecihueve (2019).

Acta No. 055

Radicación 500063153001 2019 00()5501. Acción de Tutela. Segunda Instancia. PETROINGENIERIA T.S.C. S.•-\.S. contra JUZGADO PROMISCUO MUNI,CIPAL DE c.-\,STIU.'\ LA NUEVA (META).

1. OBJETIVO:

,;.. Definir la impugnación formulada por ,Óscar Javier Velásqúez Rodríguez, representante

1·'- legal de Petroingenieria T.S.e. S.A.S., contra la sentencia que. data de siete (07) de marzo.t recién pasado, dictada por el Juzgado Civil del Circuito de Acacias.

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·2. ANTECEDENTES:

2.1. LA QUEJA:

El tutelante solicitó amparo de los derechos fundamentales a un debido proceso,' acceso a /.

la administración de justicia e igualdad, vulnerados en su sentir conforme a los hechos que

esta corporación sintetiza reseñando que los señores Alejandro Pérez Morales,' Carlos

Hurnberto Beltrán Herrera y javier Eduardo Novoa Calderón promovieron proceso de

.restitución de inmueble. arrendado. 'contra la sociedad que representa, conocimienro que

asumió el Juz~do Promiscuo Municipal' de Castilla La Nueva (Meta), expediente con

radicación No. S01S04089001-2018.0017S.00,trámite judicial donde se profirió sentencia. . . hacia el trece (13).de febrero hogaño, ignorando las excepciones de-mérito formuladas por

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Radicación5000631530012019 00055 01. Acción de Tlltela.,SegllndaInstancia. PETROINGENIERlA, T.S.e. SA.S. contra JUZGADO PROMISCUO MUNICIPAL DE CASTIU,A LA NUEVA ,~~ (

no acreditar el pago de los cánones de arrendamiento adeudados, sin, embargo, .afuma

haber consignado el-valor'exigido en el Banco Agrario. .Inconforme con la decisión, acude . . ~. -

a este mecanismo constitucional. pretendiendo que se ~evoque la sentencia adversa

subrayando que con ocasión a las cautelas decretadas transfirió sesenta millones de pesos ."

($ 6().;OOO.OOO,oo'M/Cte.),antes de contestar la demanda.

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2.2.OPOSICIÓN DEL EXTREMO PASIVO:

. , El Juzgado Promiscuo Municipal de Castilla La Nueva, replicó que desde el auto

admi~~rio se advirtió a la parte pasiva' ql:l~no sería oída hasta que cumpliera la exigencia

del artículo 384 ídem. Una vez presentó contestación fue requerido en proveído adiado

treinta (30) de enera corriente, buscando que acreditara el cumplimiento de la carga que el

.legislador impone con la finalidad que su defensa fuese atendida, otorgando un término de ,

dos (02) días, no obstante, guardó silencio y consecuencialmente se declaró terminado el f •. "

contrato de arrendamiento, disponiendo la restitución del inmueble. Subrayó además que

el actor confunde él alc1anced~' las medidas cautel~es, ya que ~l dinero retenido de las

:CUentas-de ahorro tiene como objetivo asegurar los resultados de una ,decisión judicial , . I

futura y no se debe equiparar a pago de...

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