Sentencia Nº 503136000 559 2012 00178 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 09-05-2018 - Jurisprudencia - VLEX 849708184

Sentencia Nº 503136000 559 2012 00178 01 del Tribunal Superior de Villavicencio Sala Penal, 09-05-2018

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
Número de expediente503136000 559 2012 00178 01
Número de registro81455716
Fecha09 Mayo 2018
Normativa aplicadaLey nu. 1453 de 2011 art. 19 \ Ley nu. 906 de 2004 art. 381 \ Ley nu. 906 de 2004 art. 238, 359, 457
MateriaEXCLUSION PROBATORIA POR FALENCIAS EN CADENA DE CUSTODIA - / IMPROCEDENCIA NULIDAD - / CONOCIMIENTO PARA CONDENAR - Carga dinàmica de la prueba /
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Villavicencio de Colombia)

TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE VILLAVICENCIO SALA PENAL

Magistrada Sustanciadora: PATRICIA RODRÍGUEZ TORRES

Radicación:

50313 60 00 559 2012 00178 01.

Procedencia:

Juzgado Primero Promiscuo de Granada.

Procesado:

Oscar Iván Mesa Arciniegas.

Delito:

Trafico, porte o fabricación de armas de fuego.

Apelación:

Sentencia condenatoria

Decisión:

Confirma

Aprobado:

.Acta N°¡0 6 1

Fecha:

0 9 MAY 2018

Lectura:

1 7 HAY 2018

I. DECISIÓN.


Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por la defensora de Oscar Iván Mesa Arciniegas, en contra de la sentencia condenatoria proferida el diez (10) de abril de dos mil trece (2013), por el Juzgado Penal del Circuito de Granada - Meta, en el proceso adelantado por la conducta punible de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.

HECHOS.

Los hechos que dieron origen a la presente actuación sucedieron aproximadamente a las 12 y 15 de la madrugada del diez (10) de mayo de dos mil doce (2012), en la vía que de Puerto Lleras conduce a la ciudad de San José del Guaviare, por la que transitaban en la motocicleta de placas QSW-67B, los señores Oscar Iván Mesa Arciniegas y Javier Francisco Noriega Salas, quienes al percatarse de la presencia de Ejercito Nacional arrojaron dos objetos brillantes al lado de la vía, que los uniformados lograron localizar y se

Radicado: 50313 60 00 559 2012 00178 01. Procesado: Oscar Iván Mesa A re i niegas. Delito: Fabricación, trafico, porte de armas de fuego.

Decisión: Confirma

trataba de dos armas de fuego, tipo pistola, calibre 9 mm, Smith & Wesson aptas para disparar.

Los implicados fueron capturados y puestos a disposición de la Fiscalía.

ACTUACIÓN PROCESAL.

En audiencia del once (11) de mayo de dos mil doce (2012), efectuada por el Juez Promiscuo Primero Municipal de Granada - Meta, inicialmente, se legalizó la captura de los procesados y la incautación de las armas de fuego; luego de lo cual, la Fiscalía formuló imputación a Oscar Iván Mesa Arciniegas y Javier Francisco Noriega Salas por el delito de fabricación, trafico, porte o tenencia de armas de fuego accesorios, partes o municiones tipificado en el artículo 365 del Código Penal, cargos que optaron por no aceptar.

En la misma audiencia, a instancias de la Fiscalía, el Juez de Control de Garantías impuso a los implicados, medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario.

El veinticinco (25) de junio de dos mil doce (2012), el ente fiscal presentó escrito de acusación, el cual correspondió al Juzgado Penal del Circuito de Granada - Meta, despacho judicial que el diecinueve (19) de septiembre de dos mil doce (2012), realizó audiencia de formulación de acusación.

Es de anotar que el catorce (14) de septiembre de dos mil doce (2012) se dispuso la ruptura de la unidad procesal en relación con Javier Francisco Noriega Salas, en razón a que efectuó preacuerdo con la Fiscalía4.

El veintidós (22) de octubre de dos mil doce (2012), se llevó a cabo audiencia preparatoria en la que el juzgador se pronunció sobre las solicitudes probatorias de las partes5.

Radicado: 50313 60 00 559 2012 00178 01. Procesado: Oscar Iván Mesa Arciniegas. Delito: Fabricación, trafico, porte de armas de fuego.

Decisión: Confirma

En sesión del veintiocho (28) de enero de dos mil trece (2013), se inició el juicio oral y de manera equivocada se procedió a la introducción de las estipulaciones probatorias y a continuación, con la teoría del caso de la Fiscalía. La defensa se abstuvo de presentar alegato de apertura.

Como pruebas de la Fiscalía rindieron testimonio el Teniente Héctor Camacho Castro con el que se introdujo el registro fotográfico del diez (10) de mayo de dos mil doce (2012); al igual que David Ramírez Clavijo - investigador de Policía Judicial que incorporó el reporte de iniciación y el informe ejecutivo.

En la misma sesión, a instancias de la Fiscalía rindieron testimonio los soldados profesionales Esteban Achagua Gutiérrez y José Gonzalo Pulido Martínez.

Por solicitud de la defensa, se escuchó en declaración a Javier Francisco Noriega Salas, quien fue capturado junto con el procesado Oscar Ivan Mesa Arciniegas11.

En audiencia del diecinueve (19) de marzo de dos mil trece (2013), las partes presentaron los alegatos de conclusión, tras lo cual, el Juzgador anunció el sentido condenatorio del fallo, ordenó el traslado previsto el en el artículo 447 de la Ley 906 de 2004 y fijó fecha para lectura de sentencia12.

Radicado: 50313 60 00 559 2012 00178 01. Procesado: Oscar Iván Mesa Arciniegas. Delito: Fabricación, trafico, porte de armas de fuego.

Decisión: Confirma

SENTENCIA RECURRIDA.

El Juez Penal del Circuito de Granada - Meta, profirió el diez (10) de abril de dos mil trece (2013), sentencia condenatoria en contra de Oscar Iván Mesa Arciniegas por la conducta punible de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego, partes, accesorios o municiones13.

Luego de efectuar una reseña de la actuación procesal y de los alegatos de clausura, se refirió inicialmente a la tipicidad de la conducta atribuida al procesado, al igual que al elemento normativo del tipo que exige la ausencia de permiso para el porte de armas de fuego.

\

Sostuvo que en el juicio oral se acreditó que el implicado portaba, al menos, una de las dos armas incautadas que fueron arrojadas al lado de la vía cuando ambos capturados transitaban en una motocicleta y fueron interceptados por miembros del Ejército Nacional; al igual que afectó el bien jurídico de la seguridad pública, sin que se presentara causal de ausencia de responsabilidad e igualmente adujo que era evidente su imputabilidad.

Igualmente enunció cada uno de los medios de conocimiento incorporados y practicados en el juicio oral para concluir que la defensa "no desvirtuó" la teoría del caso de la Fiscalía, máxime que no resultaba creíble que el otro capturado Noriega Salas hubiese podido al mismo tiempo conducir la motocicleta, llevar consigo y arrojar las armas de fuego sin ayuda de Mesa Arciniegas, máxime que lo que se evidenció es que al notar la presencia de los uniformados los capturados optaron por tratar de huir y deshacerse de las armas de fuego que portaban.

Concluyó en consecuencia, que se cumplieron los requisitos del artículo 381 de la Ley 906 de 2004 para emitir sentencia de condena en contra del procesado Mesa Arciniegas.

Radicado: 50313 60 00 559 2012 00178 01. Procesado: Oscar Iván Mesa A reíniegas. Delito: Fabricación, trafico, porte de armas de fuego.

Decisión: Confirma

En punto de la dosificación punitiva, el Juzgador adujo que los límites punitivos oscilaban entre ciento ocho (108) y ciento cuarenta y cuatro (144) meses de...

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