Sentencia Nº 63-001-3333-004-2017-00395-02 del Tribunal Administrativo del Quindío, 13-07-2023 - Jurisprudencia - VLEX 972731220

Sentencia Nº 63-001-3333-004-2017-00395-02 del Tribunal Administrativo del Quindío, 13-07-2023

Sentido del falloDENIEGA PRETENSIONES
Fecha13 Julio 2023
Número de expediente63-001-3333-004-2017-00395-02
Número de registro81699267
MateriaTESIS: No es cierto que la declaración de importación antes mencionada amparara la mercancía aprehendida y decomisada descrita en los ítems 4, 5 y 6 del Acta de Aprehensión No. 1089 de 05 de septiembre de 2016 y en los actos administrativos acusados, pues en ella no aparecen registrados los productos denominados “monitor de pulso que registra señales de frecuencia cardiaca con sus accesorios, marca Polar, Modelo A360”. Es importante precisar que, contrario a lo manifestado por la apoderada de la parte demandante, fue precisamente la sociedad Ejercicio Inteligente S.A.A la que incumplió con lo establecido en la Resolución No. 57 de 2015 proferida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, pues si los productos podían identificarse con serial, así debió quedar establecido en la declaración de importación, omisión que no puede alegarse en su favor.
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