Sentencia Nº 63001.60.00.034.2015.02177.01 - Ni.59633 del Tribunal Superior de Ibague Sala Penal, 11-09-2023 - Jurisprudencia - VLEX 980645330

Sentencia Nº 63001.60.00.034.2015.02177.01 - Ni.59633 del Tribunal Superior de Ibague Sala Penal, 11-09-2023

Sentido del falloCONFIRMA LA SENTENCIA APELADA QUE CONDENÓ Y NEGÓ SUBROGADOS PENALES
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Ibague de Colombia)
Fecha11 Septiembre 2023
Número de expediente63001.60.00.034.2015.02177.01 - NI.59633
Número de registro81695996
Normativa aplicada1. Ley 750 de 2002
MateriaEXTORSIÓN AGRAVADA - No es viable el sustituto de prisión domiciliaria por expresa prohibición legal para el delito de extorsión / PRISIÓN DOMICILIARIA - Condición de madre cabeza de familia No procede para condenados por el delito de extorsión / TESIS: Debe mencionar esta Colegiatura desde ya que la postura asumida por el censor es infundada por cuanto la prohibición legal contenida en el artículo 1 de la Ley 750 de 2002, respecto del punible de extorsión es de carácter OBJETIVO, por tanto, no lo habilitaba para profundizar sobre los demás requisitos concernientes a la condición de madre cabeza de familia porque para la concesión del sustituto se requería el cumplimiento de todos los presupuestos, entre los que se haya el señalado en el inciso 3° ibídem. No le asiste razón a la defensa, puesto que no es posible acceder a la prisión domiciliaria en favor de Laura Ximena Bohórquez Sánchez por el incumplimiento del requisito objetivo contenido en la Ley 750 de 2002 que prohíbe la concesión del sustituto para aquellas madres o padres cabeza de familia condenados por el delito de extorsión, de allí que sea menester confirmar en su integridad el fallo de primera instancia.
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