Sentencia Nº 66-001-60-00036-2014-07145-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 12-08-2022 - Jurisprudencia - VLEX 950421110

Sentencia Nº 66-001-60-00036-2014-07145-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 12-08-2022

Sentido del falloDelito: Cohecho Propio, Cohecho por Dar u Ofrecer
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81623469
Fecha12 Agosto 2022
MateriaTIPICIDAD DEL DELITO - Al juez le corresponde analizar la tipicidad objetiva de la conducta y la tipicidad subjetiva, esto es, si el procesado actuó con dolo, culpa o preterintención / COHECHO PROPIO - El servidor público recibe dinero u otra utilidad o acepta promesa remuneratoria de forma directa o indirecta para retardar un acto propio del cargo, omitirlo o para ejecutar uno contrario a sus deberes oficiales / COHECHO POR DAR U OFRECER - El agente, en este caso indeterminado, debe dar u ofrecer dinero o alguna otra utilidad al servidor público y puede ser, sin que ello incida en la existencia de la conducta, que el sujeto activo efectivamente lo entregue o simplemente lo ofrezca o que el servidor público incluso no lo acepte / COHECHO POR DAR U OFRECER - El procesado actuó como cómplice del punible y ayudó de modo esencial al autor del mismo en el propósito de ofrecer dinero a un funcionario público para lograr la inscripción de una escritura falsa / COHECHO POR DAR U OFRECER - El procesado participó activamente y de manera significativa en los hechos en la medida que fue él quien se notificó de la nota devolutiva y retiró la escritura, envió los documentos por correo certificado y ofreció y entregó dinero al registrador para que agilizara el trámite de inscripción de la escritura falsa / COHECHO PROPIO - Pese a que para el 24 de octubre de 2014, día en el cual aparentemente se entregó el dinero y tuvo lugar la materialización de la escritura falsa, el procesado ya no era oficialmente registrador, lo cierto es que antes de dicha fecha, aún en la condición de servidor público, aceptó recibir una retribución para ejecutar un acto contrario a sus deberes, esto es, avalar la inscripción del instrumento espurio / COHECHO PROPIO Y COHECHO POR DAR U OFRECER - Tasación de la pena / SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA Y PRISIÓN DOMICILIARIA - Los delitos objeto del presente proceso son de carácter doloso contra la administración pública y no es posible, por la expresa prohibición del artículo 68A del Código Penal, la concesión de beneficio alguno /
Número de expediente66-001-60-00036-2014-07145-01
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