Sentencia Nº 66001-33-33-007-2018-00327-01 (d-0189-2020) del Tribunal Administrativo de Risaralda, 29-10-2021 - Jurisprudencia - VLEX 972730256

Sentencia Nº 66001-33-33-007-2018-00327-01 (d-0189-2020) del Tribunal Administrativo de Risaralda, 29-10-2021

Sentido del falloREVOCA / CONCEDE PRETENSIONES
Fecha29 Octubre 2021
Número de expediente66001-33-33-007-2018-00327-01 (D-0189-2020)
Número de registro81566015
MateriaAPLICACION DE ANALOGIA - No acoge sentencia del Consejo de Estado / TESIS: De conformidad con el marco normativo y jurisprudencial precitados, es claro que la labor desempeñada por los empleados de la Rama Judicial que prestan sus servicios en juzgados con función de control de garantías en dominicales, feriados o en días de descanso obligatorio, tiene carácter habitual y permanente, que no ocasional, como en efecto lo ha determinado el H. Consejo de Estado en la sentencia sobre el mismo tema proferida y a la que se hizo alusión ab initio de estas consideraciones, toda vez que el sistema penal oral acusatorio consagrado en la Ley 906 de 2004, hace parte del servicio público de administración de justicia, el cual no puede interrumpirse en días considerados de descanso en los cuales no se labora ordinariamente en la entidad demandada.
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