Sentencia Nº 66001-33-33-004-2018-00371-01 (f-0816-2021) del Tribunal Administrativo de Risaralda, 20-01-2022 - Jurisprudencia - VLEX 972733167

Sentencia Nº 66001-33-33-004-2018-00371-01 (f-0816-2021) del Tribunal Administrativo de Risaralda, 20-01-2022

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
Fecha20 Enero 2022
Número de expediente66001-33-33-004-2018-00371-01 (F-0816-2021)
Número de registro81581389
MateriaTESIS: La evidencia documental en el plenario permite afirmar que la fecha de terminación del primer vínculo laboral, fue el día 31 de mayo de 2013, de acuerdo con los períodos certificados en el expediente; en tal virtud, la actora debió haber presentado la reclamación administrativa en aras de obtener el reconocimiento de las prestaciones sociales dejadas de percibir, dentro de los 3 años siguientes al rompimiento de dicho vínculo contractual- esto es, del 1° de junio de 2013 hasta el 1° de junio de 2016- tal como lo disponen los preceptos normativos y la jurisprudencia citados en precedencia; y comoquiera que la solicitud de reconocimiento y pago de los ajustes salariales y derechos laborales a los que considera tiene derecho la demandante, fue elevada el 9 de agosto de 2018 la misma no fue solicitada dentro de los 3 años siguientes. Igual consideración se tiene respecto del segundo periodo en que prestó continuamente sus servicios iniciado 16 de septiembre de 2013, toda vez que el último contrato finalizó el 15 de junio de 2015 momento a partir del cual la parte actora contaba con el término de 3 años para elevar la petición de reconocimiento laboral ante la administración, esto es, del 16 de junio de 2015 hasta el 16 de junio de 2018-, y se itera la reclamación fue radicada el 9 de agosto de 2018.
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