Sentencia Nº 680013333001-2019-00028-01 del Tribunal Administrativo de Santander, 16-12-2021 - Jurisprudencia - VLEX 905272768

Sentencia Nº 680013333001-2019-00028-01 del Tribunal Administrativo de Santander, 16-12-2021

Sentido del falloREVOCA SENTENCIA QUE NIEGA Y EN SU LUGAR DECLARA ADMINISTRATIVA Y PATRIMONIALMENTE RESPONSABLE A LA ENTIDAD DEMANDADA POR LA MORA EN EL ACATAMIENTO DE LA SENTENCIA EN CALIDAD DE DAÑO AUTÓNOMO RESPECTO DE CLAUDIA PATRICIA MORENO, NEGANDO LAS DEMÁS PRETENSIONES DE LA DEMANDA.
EmisorTribunal Administrativo de Santander (Colombia)
Número de registro81618754
Fecha16 Diciembre 2021
Número de expediente680013333001-2019-00028-01
MateriaFALLA EN EL SERVICIO. MORA EN EL CUMPLIMIENTO DE DECISIÓN JUDICIAL. DESALOJO FORZADO - Municipio de Floridablanca. Perjuicios derivados del incumplimiento de orden judicial (sentencia T / TESIS: A juicio de esta Sala, no es admisible que, en un Estado social de derecho, en el que la efectividad de los derechos constitucionales es un principio de riguroso cumplimiento, la administración -en este caso el MUNICIPIO DE FLORIDABLANCA- desconozca en la práctica la orden perentoria impartida en un fallo de tutela e ignore de manera flagrante este fin constitucional y sus propias obligaciones. De tal suerte, como el fin perseguido con la acción de tutela se vio afectado en el tiempo, es evidente que el daño se concretó ante la imposibilidad de acceder a una vivienda digna en la oportunidad señalada por la Corte Constitucional en la Sentencia T-109 de 2015. En este punto, resulta pertinente insistir en que el acceso a la administración de justicia, garantizado en el artículo 229 superior, no implica solamente la posibilidad de acudir ante el juez para demandar la aplicación de la normativa vigente, sino la efectividad de los derechos concretada en la real y oportuna decisión judicial y, claro está, en la debida ejecución de ella. En esa medida, el daño causado a la señora CLAUDIA PATRICIA MORENO es antijurídico porque se pusieron en riesgo sus derechos fundamentales, que precisamente el fallo de tutela estaba amparando, ante la inobservancia de los términos establecidos por la Corte Constitucional en la Sentencia T-109 de 2015 para ejecutar la decisión allí impartida. Para realizar el juicio de atribución del daño a las entidades demandadas se acudirá al título jurídico de imputación de falla del servicio con el fin de estudiar si sus acciones u omisiones comprometen su responsabilidad por la omisión de cumplir lo ordenado en la sentencia T-109 de 2015, en el sentido de garantizar oportunamente el derecho a una vivienda digna a la demandante; puntualizando que el cumplimiento tardío no rompe el nexo de causalidad con el daño sobre el derecho a la vivienda, que no se debe interpretar en un sentido restrictivo; luego deviene claro que el hecho generador del daño fue la actividad tardía de la administración, que comprometió la garantía de protección efectiva ordenada y que resultó determinante para que el derecho a la vivienda digna de la señora CLAUDIA PATRICIA MORENO continuara en la indeterminación.
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR