Sentencia Nº 73-001-6000-444-2010-02752. Ni23886 del Tribunal Superior de Ibague Sala Penal, 15-03-2017 - Jurisprudencia - VLEX 850346911

Sentencia Nº 73-001-6000-444-2010-02752. Ni23886 del Tribunal Superior de Ibague Sala Penal, 15-03-2017

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA CONDENATORIA
Fecha15 Marzo 2017
Número de registro81211009
Número de expediente73-001-6000-444-2010-02752. NI23886
Normativa aplicadaLey 599 de 2000 art. 233 \ Ley 1181 de 2007
MateriaINASISTENCIA ALIMENTARIA - Sustracción sin justa causa de prestación de alimentos a hijos menores / DINÁMICA PROBATORIA - Característica del sistema acusatorio. / INASISTENCIA ALIMENTARIA - Sustracción sin justa causa de prestación de alimentos a hijos menores / DINÁMICA PROBATORIA - Característica del sistema acusatorio /
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Ibague de Colombia)
2017-04-27 (1)

Acusado: WILSON ERNEY BALANTA QUINTERO Radicado. 73-001.01/0-444-2010-02752

- Delito: In asistencia alsnentana Asunto Apelación Sentencia

N.1.231186

4t

REPÚBLICA DE COLOMBIA ?. COPIADO 1 No 3' 4 Karl S°,) —4

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA DE DECISIÓN PENAL

MAGISTRADO PONENTE: IVANOV ARTEAGA GUZMÁN

lbagué, Quince (15) de marzo de dos mil diecisiete (2017) Acta No, 164

ASUNTO

Se procede a resolver el recurso ordinario de apelación que

interpusiera' oportunamente y sustentara en debida forma el defensor

de WILSON ERNEY BALANTA QUINTERO, contra la sentencia

proferida por el Juzgado Primero Penal Municipal de lbagué Tolima

adiada 12 de junio de 2016, mediante la cual condenó a este último como autor responsable del delito de INASISTENCIA ALIMENTARIA

por el cual fuera acusado

1. SINOPSIS FÁCTICA

Los hechos jurídicamente relevantes ocurrieron durante el periodo comprendido entre el mes de pidió de dos mil siete (2007) y el primero (1) de marzo de dos mil catorce (2014), cuando WILSON ERNEY BALANTA QUINTERO, progenitor de los menores W.A.B.B y J.K.B.B

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¿fi Acusado: WILSON ERNEY EMANEN QUINTERO Radicado: 73-001-6090-149-2010-02752

Del 00: Inas istencia alimentaria Asunto- Apelación Sentencia

N.1.23886

empece 'habérsele ordenado por el Juzgado Primero de Familia de

lbagué, Tofima, a suministrarles mensualmente a estos últimos como

alimentos el equivalente al 50% de lo que devengara por todo.

concepto eh materia de salario, prima semestral, navidad y cesantías,

la cual fue modificada por el Juzgado Sexto de dicha especialidad al

33% de tales ingresos, incumplió con dicha obligación desde la fecha

inicialmente' mencionada, por lo que al culminar el referido interregno

la deuda ascendía eso sí, con los pagos parciales realizados, a nueve

millones cuatrocientos sesenta mil quinientos seaenta y tres pesos

($9.460.563.00)1. ,

2. ACTUACIÓN PROCESAL

El 29 de mayo; de 2014, la Fiscalía presentó libelo enjuiciatorio cohtra el procesado WILSON ERNEY BALANTA QUINTERO por el delito de

INASISTENCIA ALIMENTARIA-artículo 223 de la Ley 599 de 2000,

modificado por el nomenclado 1 de la Ley 1181 de 2007-, cuyo

conocimiento le correspondió al Juzgado Primero Penal Municipal de

lbagué, Tolirha, quien el 4 de noviembre siguiente celebró la

correspondiente audiencia de formulación de acusación en la cual le

fue comunicada esta última al incriminado en cita, y el órgano titular de

la acción penal descubrió los elementos Materiales • de prueba,

evidencia física e información legalmente obtenida con la que contaba

hasta ese momento. Asimismo, las partes no cuestionaron la

competencia del juzgador ni lo recusaron, y tampoco presentaron

Sesión de juicio oral del 25 de enero de 2016, récord: 01:11:30 -FI- 88, carpeta-.

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Acusado"WILSON ERNEY BALANTA QUINTERO Radicado: 73-001-6000444-2010-02752

Del no Inaststenciailimentaria Asunto- Apelación Sentencpa

Ni 23886

solicitudes de nulidad.2

El 15 de enero de 2015 se realizó la audiencia' preparatoria en donde

las partes ofrecieron, solicitaron y les fueron decretadas las pruebas

que resultaron ser conducentes, pertinentes y útiles,' sin que se

hubiera excluido alguna de ellas por ilegalidad o ilicitud, de cara al

juicio ora13.

El 25 de enero de 2016 se inició el juicio oral en cuyo desarrollo se practicaron algunas de las :pruebas ordenadas en la audiencia

preparatoria4, y en sesión del 14 de abril siguiente se evacuaron en su

' totalidad, por lo que, una vez expuestos los correspondientes alegatos

de clausura, se anunció el respectivo sentido del falló, el cual fue de

carácter condenatorio5. •

Finalmente, el 12 de junio se dio lectura a este último én donde se le impusieron al implicado como penas' principales treinta y dos (32) meses de pi1sióri, y veinte (20) smlmv de multa; y como accesoria la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la primera. De igual. manera se le negó el subrogado

de la suspensión condicional de la ejecución de la pena, empero, se le concedió el beneficio de la prisión domiciliariae.

2 FI5 36-38, carpeta 3 FIs 43-45, carpeta 4 FI. 87, carpeta 5 Els 100-102. carpeta Fls 105-115, carpeta

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Acusado ~SON ERNEY BALANTA QUINTERO Radicado 73-0014011-144-2010-01751

Delito: Insistencia alimenlana Asunto Apelacion Sentencia

1,138116

3. DEL FALLO IMPUGNADO

Consideró el a quo que con las pruebas de cargo debatidas e

incorporadas en el juicio oral, especialmente los testimonios de VILMA BELTRÁN AMEZQUITA, progenitora de las víctimas, y del investigador criminalístico del CTI GERMÁN ENRIQUE CALLEJAS PINZÓN, se logró alcanzar el grado de conocimiento exigido por el legislador para proferir una sentencia de condena contra WILSON

ERNEY BALANTA QUINTERO por el delito contra la familia que se le endilga.

Ello por cuanto, con los ingredientes informativos suministrados por los

testigos en cita sobre la actividad productiva del implicado para el

marco fáctico delimitado en la acusación, esto es, conductor de la

empresa de transporte "Expreso lbagué", se acreditó la estructuración

del elemento normativo integrante del tipo pehal relacionado con la

sustracción "sin justa causa" de la prestación de los alimentos legalmente debidos por aquél a los menores W.A.B.B y J.K.S.B.

Asimismo, estimó el juez de cognición que, los abonos o pagos parciales efectuados por el incriminado en relación con el monto de lo

adeudado no diluyen el juicio de responsabilidad, máxime si su defensor no aportó en el debate oral medio suasorio alguno que

demostrara la imposibilidad de su. representado para cumplir

cabalmente con dicha obligación legal.

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(ft( Acusado: WILSON ERNEY BALANTA QUINTERO

Radicarla: 7300185000-944-2010-02752 Delito: Ir asistencia alimentaria Asunto. Apelación Sentencia

N.I.23886

4. DEL RECURSO

3.1. Inconforme con esta decisión, el...

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