Sentencia Nº 73-001-60-99093-2017-00347- Ni.56727 del Tribunal Superior de Ibague Sala Penal, 25-05-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879262658

Sentencia Nº 73-001-60-99093-2017-00347- Ni.56727 del Tribunal Superior de Ibague Sala Penal, 25-05-2021

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA CONDENATORIA
MateriaINASISTENCIA ALIMENTARIA - Sustracción sin justa causa al deber legal de proveer alimentos / TESIS: De manera que, no se advierte justa causa para la sustracción del procesado al deber legal de proveer alimentos, por lo menos en los años 2013, 2014, 2016 y 2017, pues se reitera, en ese tiempo realizó diferentes actividades laborales que le generaron ingresos con los que pudo responder, así fuera de manera parcial, a su obligación mensual de $72.000, y no lo hizo, de manera que la conducta que se le atribuye no solo es típica, sino que, vulneró el bien jurídico de la asistencia alimentaria, tal como lo concluyó atinadamente la primera instancia. Así las cosas, se confirmará la sentencia impugnada, pues acertó el juez de conocimiento al emitir condena en disfavor de EDGAR ARIEL CARRILLO TORRES, en términos de los artículos 7 y 381 de la Ley 906 de 2004.
Número de registro81560694
Número de expediente73-001-60-99093-2017-00347- NI.56727
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Ibague de Colombia)
Fecha25 Mayo 2021
Normativa aplicada1. Código Penal art.233 inc.2; Ley 906 de 2004 arts. 7 y 381
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