Sentencia Nº 73001-22-00-000-2020-000091-00 del Tribunal Superior de Ibague Sala Laboral, 13-10-2020 - Jurisprudencia - VLEX 901433152

Sentencia Nº 73001-22-00-000-2020-000091-00 del Tribunal Superior de Ibague Sala Laboral, 13-10-2020

Fecha13 Octubre 2020
Número de expediente73001-22-00-000-2020-000091-00
Número de registro81515591
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Ibague de Colombia)
Normativa aplicada1. -Constitución Política arts. 8, 44, 58, 63, 67, 79, 95 num.8, 267 -Ley 2 de 1959 art.13 -Ley 99 de 1993, arts.15, 23, 30, 31, 64, 65 -Ley 142 de 1994 arts.1, 4 -Ley 357 de 1997 -Ley 388 de 1997 -Ley 472 de 1998, art.9 -Ley 685 de 2001 arts.14, 197, 205 -Ley 1444 de 2011 -Ley 1450 de 2011 -por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014- -Ley 1753 de 2015, por la cual se expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 -Ley 1930 de 2018. -Decreto 2591 de 1991, art.32 -Decreto 2811 de 1974, art.328, 331, 332 -Decreto 2820 de 5 de 2010 -Decreto Ley 3572 de 2011 -Decreto Ley 3750 de 2011 -Decreto 3570 de 2011 art.2 -Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible art.2.2.2.3.1.2 -Decreto 250 de 2017, el gobierno nacional modificó el artículo 2.2.4.1. del capítulo 4- Humedales, de la sección 1- OTUN del Decreto 1076 de 2015. -Resolución AG/ 10967 de la Asamblea General de la ONU -Resolución 1987 de 30 de noviembre de 2016 proferida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible -Resolución 886 de 2018 -Resolución 0191 marzo 2 de 2020 -Carta Mundial por la Naturaleza de 1982 -Convención Ramsar sobre Humedales de Importancia Internacional adoptada en 1971 Colombia es parte de la Convención de Ramsar desde 1998. -Convención 169 de la OIT (Ley 21 de 1991) -Convención de Londres de 1993 art 12 (2) y Protocolo parágrafo 1, -Convenio Internacional de las maderas tropicales de 2006 (Ley 1458 de 2011) -Declaración de Mar del Plata (1977) -Declaración de Dublín (1992) -Declaración de Río de Janeiro (1992) principio Núm. 15. Que se elaboró paralelamente al Plan de Acción Agenda 21, en la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo -Declaración de Rio de 1992 sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo reafirmó la Declaración de Estocolmo y en su principio 7 -Declaración de Estocolmo de 1972 -Nueva Agenda para el Desarrollo Sostenible (2015), en la que el acceso universal al agua y saneamiento se ubicó entre uno de los 17 Objetivos Globales. -Observación General No. 15, el derecho al agua (artículos 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales). E/C 12/2002/11. 20 de enero de 2003 -Observación General No. 15 proferida por el Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales, en sus artículos 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. -Plan de Manejo Ambiental 2017-2022 -Programa de Acción de la Conferencia Internacional de Naciones Unidas sobre Población y Desarrollo (1994), también hace una clara referencia al derecho al agua en el Principio Núm. 2 -Protocolo de “San Salvador”, artículo 11 -Recomendación No. 19 de la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Ambiente Humano o Declaración de Estocolmo de 1973. 2. 3. 4.
MateriaTESIS: Se tutelarán los derechos a la vida, al agua, a la salud y al saneamiento ambiental del accionante, menores y grupos que dice representar y por efectos inter communis a todos y cada uno de los habitantes beneficiarios del aire y el agua que viene del Parque Nacional Natural de los Nevados en cada uno de los departamentos que conforman la eco región del Parque, es decir, Caldas, Quindío, Risaralda y Tolima. DERECHOS A LA VIDA A LA SALUD Y A UN AMBIENTE SANO - Parque Nacional Natural de los Nevados Sujeto Especial de Derechos protección recuperación y conservación con enfoque integral / TESIS: Se tutelarán los derechos a la vida, al agua, a la salud y al saneamiento ambiental del accionante, menores y grupos que dice representar y por efectos inter communis a todos y cada uno de los habitantes beneficiarios del aire y el agua que viene del Parque Nacional Natural de los Nevados en cada uno de los departamentos que conforman la eco región del Parque, es decir, Caldas, Quindío, Risaralda y Tolima. DERECHO A UN AMBIENTE SANO - Acción de tutela Parque Nacional Natural de los Nevados Sujeto Especial de Derechos protección recuperación y conservación con enfoque integral / TESIS: Se tutelarán los derechos a la vida, al agua, a la salud y al saneamiento ambiental del accionante, menores y grupos que dice representar y por efectos inter communis a todos y cada uno de los habitantes beneficiarios del aire y el agua que viene del Parque Nacional Natural de los Nevados en cada uno de los departamentos que conforman la eco región del Parque, es decir, Caldas, Quindío, Risaralda y Tolima. CAÑON DEL COMBEIMA - Acción de tutela Parque Nacional Natural de los Nevados Sujeto Especial de Derechos protección recuperación y conservación con enfoque integral / TESIS: Constituye, además de una despensa de aire y agua para los habitantes de la ciudad de Ibagué, el sitio preferido por muchas familias para la observación del paisaje ecológico y disfrutar la oferta gastronómica y de productos agrícolas de la región; es un hecho notorio para todos los que visitan semanalmente el sector, la falta de control de las actividades que allí se realizan, que no resultan armónicas con una actividad ecoturística que se quiere organizada (…)” “El turismo no regulado en la cuenca alta del río Combeima es visto como una presión alta, originada principalmente porque no hay un puesto de control, información o de inducción. Como consecuencia los turistas no utilizan los senderos recomendados y en ocasiones, no cuentan con suficiente experiencia y equipos para realizar actividades en alta montaña; provocando incendios (mediante la realización de fogatas), ingresando mascotas en la zona y generando altos volúmenes de residuos sólidos, generando también un impacto negativo en la comunidad, ocasionando afectación de la cobertura vegetal (por la expansión de senderos) y afectando la operatividad del parque debido a las situaciones de riesgo a la que se exponen los turistas, haciéndose evidente con la existencia de turistas perdidos y muertos. (Pag.139) Respecto al punto anterior, como quiera que el denominado Cañón del Combeima constituye, además de una despensa de aire y agua para los habitantes de la ciudad de Ibagué, el sitio preferido por muchas familias para la observación del paisaje ecológico y disfrutar la oferta gastronómica y de productos agrícolas de la región; es un hecho notorio para todos los que visitan semanalmente el sector, la falta de control de las actividades que allí se realizan, que no resultan armónicas con una actividad ecoturística que se quiere organizada; se refiere la Sala al acceso a la zona de motocicletas, automóviles, camionetas de alto cilindraje y hasta vehículos pesados, con toda la carga contaminante que trae los gases que dichos automotores expelen, situación que en parte pudiera mitigarse con medidas de pico y placa para acceso al cañón en fines de semana y puentes festivos; se refiere la Sala a la oferta continua a borde de carretera de piedra laja que es vendida por metros, piedra que es sacada en gran parte del lecho del río Combeima y las quebradas que lo surten con el silencio cómplice de las autoridades municipales y Corto lima; se refiere la Sala al creciente uso de las aguas del río para bañistas y paseos de olla en la zona del puente que está ubicado luego de pasar la vereda de Juntas y quebrada arriba, que es precisamente una de las partes de acceso sin ningún tipo de control al Parque; zona de bañistas en la parte a cargo del Ibal ubicada entre Pastales y Villarrestrepo; y en el sector de Puerto Perú, por solo indicar algunas en que ya se observan balnearios con tarifas de ingreso. No es raro encontrar en el sector, visitantes del Parque que, luego de dejar en la zona sur del Parque bolsas de plástico, recipientes de alimentos enlatados o empacados al vacío y el papel usado para sus necesidades fisiológicas, descienden con especies de flora (helechos, hojas de frailejones, orquídeas, liches), llevándolas consigo como trofeos y testimonio de su estancia en la montaña y su contribución solidaria, a partir de su ignorancia ambiental y ecológica, para acabarla. Se tutelarán los derechos a la vida, al agua, a la salud y al saneamiento ambiental del accionante, menores y grupos que dice representar y por efectos inter communis a todos y cada uno de los habitantes beneficiarios del aire y el agua que viene del Parque Nacional Natural de los Nevados en cada uno de los departamentos que conforman la eco región del Parque, es decir, Caldas, Quindío, Risaralda y Tolima.
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