Sentencia Nº 73001 23 33 005 2015 00189 01 del Tribunal Administrativo del Tolima, 05-05-2022 - Jurisprudencia - VLEX 904864941

Sentencia Nº 73001 23 33 005 2015 00189 01 del Tribunal Administrativo del Tolima, 05-05-2022

Sentido del falloREVOCA SENTENCIA
EmisorTribunal Administrativo del Tolima (Colombia)
Número de registro81608233
Número de expediente73001 23 33 005 2015 00189 01
Fecha05 Mayo 2022
MateriaTESIS: La presunción jurisprudencial permite, prima facie, tener por acreditado un hecho cuya demostración incumbe al accionante. Cuando el demandante acredita con la demanda la circunstancia fáctica que sirve de hecho indicador, o la calidad a partir de la cual se establece la presunción, se invierte la carga de la prueba, y es al demandado a quien le corresponde desvirtuarla. Lo que agrega el establecimiento de la presunción jurisprudencial es el carácter vinculante de la inferencia, de la deducción para concluir que, ante la ausencia de otro medio de prueba, debe tenerse por demostrado el supuesto fáctico al cual ella se refiere.
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