Sentencia Nº 73124 6000 460 2012 00379- Ni23073 del Tribunal Superior de Ibague Sala Penal, 19-11-2021 - Jurisprudencia - VLEX 904956978

Sentencia Nº 73124 6000 460 2012 00379- Ni23073 del Tribunal Superior de Ibague Sala Penal, 19-11-2021

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA ABSOLUTORIA
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Ibague de Colombia)
Número de registro81581670
Número de expediente73124 6000 460 2012 00379- NI23073
Fecha19 Noviembre 2021
Normativa aplicada1. Ley 599 de 2000 art.109 modificado por el canon 14 de la Ley 890 de 2004
MateriaHOMICIDIO CULPOSO - En accidente de tránsito Duda razonable Confirma sentencia absolutoria / TESIS: Analizadas la totalidad de las pruebas practicadas en el sub lite, se observa que, contrario a lo considerado por el censor, no se demostró que el aquí procesado hubiese vulnerado el deber objetivo de cuidado cuando conducía el tractocamión. Se observa que existen dudas respecto de la responsabilidad de Henry González González en la comisión del delito contra la vida y la integridad personal por el que se procede, pues no se demostró que el accidente de marras, en el que perdió la vida el señor Jorge Iván Jiménez Escobar, se hubiese generado como consecuencia de una conducta imprudente de parte del encausado, con la que hubiere generado un riesgo que excediera el riesgo legalmente permitido. Colofón de lo anterior, se confirmará en su integridad la sentencia apelada, en la que absolvió al acusado de los cargos que le fueron formulados como autor de la conducta punible de homicidio culposo, al no haberse demostrado su responsabilidad en la ocurrencia del siniestro de marras, más allá de toda duda razonable HOMICIDIO CULPOSO EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO - No se demostró vulneración al deber de cuidado Duda razonable Confirma sentencia absolutoria / TESIS: Analizadas la totalidad de las pruebas practicadas en el sub lite, se observa que, contrario a lo considerado por el censor, no se demostró que el aquí procesado hubiese vulnerado el deber objetivo de cuidado cuando conducía el tractocamión. Se observa que existen dudas respecto de la responsabilidad de Henry González González en la comisión del delito contra la vida y la integridad personal por el que se procede, pues no se demostró que el accidente de marras, en el que perdió la vida el señor Jorge Iván Jiménez Escobar, se hubiese generado como consecuencia de una conducta imprudente de parte del encausado, con la que hubiere generado un riesgo que excediera el riesgo legalmente permitido. Colofón de lo anterior, se confirmará en su integridad la sentencia apelada, en la que absolvió al acusado de los cargos que le fueron formulados como autor de la conducta punible de homicidio culposo, al no haberse demostrado su responsabilidad en la ocurrencia del siniestro de marras, más allá de toda duda razonable
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR