Sentencia Nº 76-001-6000176-2016-00400 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 11-08-2023 - Jurisprudencia - VLEX 950420911

Sentencia Nº 76-001-6000176-2016-00400 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 11-08-2023

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Fecha11 Agosto 2023
Número de expediente76-001-6000176-2016-00400
Número de registro81692586
Normativa aplicada1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11.
MateriaIMPUTACIÓN OBJETIVA EN LOS DELITOS CULPOSOS - Variaciones a lo largo del tiempo / IMPUTACIÓN OBJETIVA EN LOS DELITOS CULPOSOS - La evolución de la que se habla involucró la necesidad de precisar que el nexo causal natural no es suficiente para elevar juicio de reproche, sino que, además, se requieren criterios normativos, regla que se sustentó bajo el predicado legal según el cual «la causalidad por sí sola no basta para la imputación jurídica del resultado» (artículo 9 del Código Penal) / IMPUTACIÓN OBJETIVA EN LOS DELITOS CULPOSOS - La imputación, desde un punto de vista naturalístico, se agota con el estudio empírico de la relación causa / IMPUTACIÓN OBJETIVA EN LOS DELITOS CULPOSOS - Más allá del solo nexo de causalidad entre la acción y el resultado, la atribución de responsabilidad, a título de culpa, se requiere que el comportamiento imprudente del sujeto activo de la infracción se despliegue creando o extendiendo un riesgo no permitido o jurídicamente desaprobado / LESIONES PERSONALES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO - El caudal probatorio presentado deja ver que la acción existió y que la misma emergió de la imprudencia del conductor del camión y aquí procesado al estacionarse sobre la berma de forma intempestiva sin prender las señales de parqueo correspondiente para prevenir a los demás actores viales, lo que, ocasionó que se produjera el siniestro y de contera GCD se viera afectado en su integridad física / DELITOS CULPOSOS - “En el ámbito de los delitos imprudentes, la concurrencia infractora de la víctima debe tener relevancia, entre otros aspectos, en la relación del riesgo. Sin embargo, aquella solo negará la atribución del resultado al agente cuando constituya fuente exclusiva de su realización” / LESIONES PERSONALES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO - Con las pruebas practicadas, se llega al convencimiento más allá de duda razonable, que la conducta imprudente de AMR, generó un riesgo desaprobado en la conducción de automotores, para lo cual, al detenerse sobre una vía con alto flujo vehicular, donde la velocidad máxima permitida es de 90 kilómetros por hora / LESIONES PERSONALES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO - El argumento sobre la presunta somnolencia por parte GC por conducir luego de cumplir con su horario laboral nocturno como vigilante, emerge como un criterio sin respaldo probatorio, pues no se acreditó que aquél, en efecto hubiese tenido un micro sueño que lo conllevara a salirse de la vía e ingresar a la berma y allí no visualizar el vehículo tipo camión que se hallaba sobre ella / LESIONES PERSONALES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO - La reducción de la velocidad de los dos vehículos reseñados, devino por la imprudencia de AM, quien al reducir su marcha para salirse de la calzada, en una vía donde la velocidad máxima permitida es de 90 kilómetros por hora, hizo que los otros actores viales, igualmente redujeran su velocidad, circunstancia que a la sazón, conllevó a que GC saliera hacía la berma, donde imprudentemente el procesado se orillaba sin siquiera prender las luces estacionarias / LESIONES PERSONALES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO - Las pruebas ofrecen una fuerza probatoria que indican que, el camión conducido por el procesado se orilló de forma sorpresiva sobre la berma, sin encender las luces de parqueo, y frente a dicho acto, los otros actores viales / LESIONES PERSONALES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO - Los medios de conocimiento y evidencia física válidamente obrantes en la actuación permiten arribar al conocimiento más allá de duda razonable que, incluso ante la comprobada concurrencia de infracción a una de las normas de tránsito por parte de la víctima /
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR