Sentencia Nº 76-109-60-00-163-2016-01631-02-ac-306-17 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 01-11-2017 - Jurisprudencia - VLEX 849708088

Sentencia Nº 76-109-60-00-163-2016-01631-02-ac-306-17 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 01-11-2017

Sentido del falloREVOCA EL NUMERAL 4 DE LA SENTENCIA APELADA Y CONCEDE EL SUBROGADO
Número de expediente76-109-60-00-163-2016-01631-02-AC-306-17
Número de registro81454608
Fecha01 Noviembre 2017
Normativa aplicadaCÓDIGO PENAL, ARTÍCULOS 63 Y 68A.
MateriaSUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA - El arraigo no debe ser motivo de análisis cuando el procesado carece de antecedentes penales y el delito no se encuentra dentro de las prohibiciones del artículo 68A del Código Penal. /
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
6

1l- Wsmr M* SENTENCIA SEGUNDA INSTANCIA 6* JUSTICIA PENAL

TRIBUNAL SUPERIOR ERES BUGA ;l : ! IL A Código: Versión: Fecha de aprobación GSP-FT-09 2 22/05/2012

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE GUADALAJARA BUGA DE

SALA DE DECISIÓN PENAL

Magistrado Ponente: ÁLVARO AUGUSTO NAVIA MANQUILLO

Radicación : 76-109-60-00-163-2016-01631-02

Acusado : CARLOS ADOLFO CAICEDO SINISTERRA y CRISTIAN ADOLFO

LANDA MARTÍNEZ

Delito : Hurto Agravado

Discutido y aprobado según Acta No. 420

Guadalajara de Buga, miércoles primero (1) de noviembre de dos mil diecisiete (2017)

1. OBJETIVO

Resolver el recurso de apelación propuesto, oportuna y debidamente sustentado por el

defensor de los señores CRISTIAN ADOLFO LANDA MARTÍNEZ y CARLOS ADOLFO

CAICEDO SINISTERRA, respecto de la sentencia condenatoria, adiada el 27 de julio de

2.017, proferida en su contra por el Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de

Conocimiento de Buenaventura, por ei delito de Hurto Agravado

2. ANTECEDENTES

De acuerdo con el escrito de acusación y la sentencia, los hechos tuvieron ocurrencia el 8

de octubre de 2.016; ese día, se movilizaban los patrulleros DIEGO SALGADO ARIZA y

CARLOS FONEGRA PÉREZ por la calle La Virgen, cuando la señora CLEMENCIA

ORDÓÑEZ POSSO, les señaló a dos sujetos que le acababan de hurtar su bolso; éstos,

Sentencia Segunda instancia Radicación; 76-109-60-00-163-2016-01631-02 Acusado: CARLOS ADOLFO CAICEDO SIN1STERRA Y CRISTIAN ADOLFO LANDA MARTÍNEZ Delito: Hurto Agravado

al ver la presencia policial, emprendieron la huida sin éxito, puesto que fueron

interceptados y capturados en la calle 6A No 19D-80, del barrio Palo Seco de esa misma

ciudad. Una vez practicaron los policiales el respectivo registro, encontraron las

pertenencias hurtadas. Estos sujetos fueron identificados como CARLOS ADOLFO

CAICEDO SINISTERRA y CRISTIAN ADOLFO LONDA MARTÍNEZ

En razón de lo anterior, se inició la respectiva investigación que correspondió adelantar

en principio, a la Fiscalía Cincuenta Seccional de URI, quien solicitó las respectivas

audiencias de legalización de captura, formulación de imputación e imposición de medida

de aseguramiento.

Aquellas diligencias se llevaron a cabo el 9 de octubre de 2016 y fueron presididas por el

Juzgado Quinto Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de esa misma

ciudad, quien legalizó la aprehensión y declaró debidamente formulada la imputación por

el delito de Hurto Agravado, la cual, aceptaron con posterioridad los encartados; respecto

de la solicitud de medida de aseguramiento, el fiscal de la causa retiró la misma.

El 16 de noviembre de 2016, se presentó escrito de acusación, el cual fue repartido y

asignado al Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de

Buenaventura, quien fijó fecha para la celebración de la audiencia de Individualización de

la Pena y Proferimiento de Sentencia; aquella, se pudo llevar a cabo, el 27 de julio de

2017.

3. SENTENCIA APELADA

Identificados los acusados, sintetizada la secuencia táctica y las actuaciones procesales,

la juez profirió sentencia condenatoria en contra de CRISTIAN ADOLFO LANDA

MARTÍNEZ y CARLOS ADOLFO CAICEDO SINISTERRA, por el delito de Hurto

Agravado.

Consideró que existen elementos de juicio suficientes para establecer la existencia de la

conducta delictual desplegada por los acusados, lo cual, aunado a la aceptación de

2

Sentencia Segunda Instancia Radicación: 76-109-60-00-163-2016-01631-02 Acusado: CARLOS ADOLFO CAÍCEDO SÍNISTERRA Y CRISTIAN ADOLFO LANDA MARTÍNEZ Delito: Hurto Agravado

cargos que hicieran éstos en la audiencia de formulación de acusación, es suficiente para

derrumbar la presunción de inocencia.

En cuando a la suspensión de la ejecución de la pena, indicó que, aún cuando los

encartados cumplen con los requisitos objetivos determinados en el artículo 63 de la Ley

599 de 2000, que fuera modificado por el artículo 29 de la Ley 1709 de 2014; no sucede

lo mismo, con los subjetivos, esto es, no cuentan con un arraigo definido.

A la anterior conclusión arribó, dado que, al señor CARLOS ADOLFO CAICEDO

SINISTERRA, siempre se le citó a la carrera 57a No 5-19 y, sin embargo, i) nunca

compareció y ii) los oficios eran devueltos por parte de la oficina de correos. Respecto

del señor CRISTIAN ADOLFO LANDA MARTÍNEZ, precisó que aquél se encuentra

viviendo en el exterior, según lo afirmó el mismo abogado defensor, pero no se sabe

dónde. Así entonces y como quiera que no se pudo establecer un arraigo cierto, negó el

referido instituto.

4. MOTIVOS DE IMPUGNACIÓN

4.1. RECURRENTES.

4.1.1. DEFENSA:

Inconforme con la decisión, la defensa solicitó que se revoque la sentencia condenatoria,

en tanto consideró, se cumplen con los requisitos para que se otorgue la suspensión

condicional de la ejecución de la pena, pues, sus defendidos, no tienen antecedentes

penales.

5. CONSIDERACIONES DE LA SALA

La Sala es competente para decidir el recurso de apelación propuesto por la defensa,

contra la sentencia No 023 del 27 de julio de 2.017, proferida por la Juez Primera Penal

Municipal con Funciones de Conocimiento de Buenaventura, de conformidad con lo

señalado en el numeral 1° del artículo 34 de la Ley 906 de 2.004.

3

Sentencia Segunda...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR