Sentencia Nº 76-109-31-10-002-2019-00294-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Civil - Familia, 20-04-2023 - Jurisprudencia - VLEX 938373270

Sentencia Nº 76-109-31-10-002-2019-00294-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Civil - Familia, 20-04-2023

Sentido del falloREVOCA SENTENCIA
EmisorSala Civil – Familia (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81663569
Fecha20 Abril 2023
Número de expediente76-109-31-10-002-2019-00294-01
MateriaUNIÓN MARITAL DE HECHO - Requisitos para acceder a su declaración / UNIÓN MARITAL DE HECHO - La comunidad de vida equivale a cohabitar y colaborarse personalmente en las distintas circunstancias de la existencia / UNIÓN MARITAL DE HECHO - Supone una relación estable y no transitoria, y aunque no es preciso que los compañeros convivan durante toda la vida, si es necesario la formación de un hogar, es decir, la comunidad de habitación a fin de dar ciertos caracteres de publicidad y notoriedad y distinguirla de la simple unión libre o unión transitoria / UNIÓN MARITAL DE HECHO - La singularidad se presenta como uno de los elementos de mayor controversia debido a que la exclusividad entre compañeros comporta un elemento vital para configurarla / UNIÓN MARITAL DE HECHO - La singularidad desaparece cuando uno de los integrantes de la pareja, o ambos, sostienen una relación de características similares / UNIÓN MARITAL DE HECHO - La existencia de relaciones de carácter esporádico o eventual, no representan obstáculo alguno para constituirla / UNIÓN MARITAL DE HECHO - Lo que resulta inadmisible es la simultaneidad de relaciones equiparables / UNIÓN MARITAL DE HECHO - De las pruebas es posible concluir que el fallecido sostenía dos relaciones paralelas en las que compartía y tenía proyectos de vida y de familia /
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