Sentencia Nº 76-109-31-03-002- 2016-00057-02 del Tribunal Superior de Buga Sala Civil - Familia, 17-03-2023 - Jurisprudencia - VLEX 938373850

Sentencia Nº 76-109-31-03-002- 2016-00057-02 del Tribunal Superior de Buga Sala Civil - Familia, 17-03-2023

Sentido del falloREVOCA SENTENCIA
EmisorSala Civil – Familia (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81651477
Fecha17 Marzo 2023
Número de expediente76-109-31-03-002- 2016-00057-02
MateriaDECLARACIÓN DE PERTENENCIA - El demandado, de manera clara y contundente, reconoció dominio en favor de la demandada, pues fue él mismo quien gestionó, propició e intervino en el acto de división material que terminó singularizando, en cabeza de esta, el derecho de dominio sobre el predio que apenas 39 meses después, mediante demanda de pertenencia presentada el 28 / DECLARACIÓN DE PERTENENCIA - La posesión material que el actor aduce haber ejercido sobre el lote que pretende usucapir desde antes de su división material fue desvirtuada con el nítido reconocimiento de dominio ajeno que él mismo, en la calenda antes señalada [24 / DECLARACIÓN DE PERTENENCIA - La posesión material no se configura jurídicamente con los simples actos materiales o mera tenencia, sino que requiere esencialmente la intención de ser dueño o de hacerse dueño / DECLARACIÓN DE PERTENENCIA - Como entre la división material y la fecha de la presentación de la demanda solo transcurrieron 3 años y 3 meses, sobra cualquier disquisición en torno al momento en que el demandante, tras reconocer dominio ajeno en cabeza de la demandada desconoció o se rebeló contra esa situación y empezó a comportarse como señor o dueño del Lote #1, pues en cualquier caso el presupuesto temporal de la prescripción adquisitiva que invoco´ [10 años, pues se trata de la apellidada “extraordinaria”] brillaría por su ausencia, y hace nugatorias sus pretensiones /
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