Sentencia Nº 76-111-31-05-001-2018-00285-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 11-03-2022 - Jurisprudencia - VLEX 904955611

Sentencia Nº 76-111-31-05-001-2018-00285-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 11-03-2022

Sentido del falloREVOCA SENTENCIA
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81594017
Fecha11 Marzo 2022
Número de expediente76-111-31-05-001-2018-00285-01
MateriaINDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA - Es una garantía que busca otorgar un pago único al afiliado o a su núcleo familiar cuando no se cumplen los requisitos para el reconocimiento de la pensión de vejez o de sobrevivientes / INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA - Para que los tiempos de servicio o cotizados por los servidores públicos antes del 1 de abril de 1994 se tengan en cuenta para la liquidación de la prestación económica, es necesario que se trate de personas efectivamente afiliadas al Sistema General de Pensiones, bien sea porque conservaron tal condición por estar afiliados a una caja, fondo o entidad del sector público o al ISS al 31 de marzo de 1994, o bien porque diligenciaron el formulario respectivo y realizaron las cotizaciones derivadas de la obligación de pagar los aportes causados durante su afiliación / INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA - La demandante fue afiliada por su empleadora al ISS de manera privada y esa afiliación y las cotizaciones efectuadas con posterioridad al reconocimiento de la pensión de jubilación revelan el fenómeno de la compartibilidad pensional / INDEMNIZACIÓN SUSTITUTIVA - La demandante ya cuenta con una pensión y la indemnización solo procederá si, por el fenómeno de la compartibilidad, cumple la edad para acceder a la pensión de vejez y no reúne el número de semanas exigidas y se encuentra en imposibilidad de seguir cotizando /
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