Sentencia Nº 76-111-6000-166-2016-01124-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 06-03-2023 - Jurisprudencia - VLEX 924744719

Sentencia Nº 76-111-6000-166-2016-01124-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 06-03-2023

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81650844
Fecha06 Marzo 2023
MateriaPRUEBA DE REFERENCIA - Para apreciar y valorar una manifestación previa como prueba de referencia, es necesario que la parte interesada la haya descubierto, deprecado su incorporación en la audiencia preparatoria o en el juicio oral, si es que la circunstancia excepcional de admisibilidad sobreviene en este estadio, brindado a la contraparte, en la vista pública, la oportunidad de ejercer su derecho de contradicción y que la autoridad judicial se haya pronunciado de manera expresa sobre ese particular tema / LESIONES PERSONALES CULPOSAS - La culpa tiene su eje principal en la previsibilidad y en esa medida el problema consiste en definir cuándo la persona debe ser castigada por no respetar los límites del riesgo permitido y perjudicar intereses ajenos / DELITOS CULPOSOS Y TEORÍA DE LA IMPUTACIÓN OBJETIVA - La valoración de la conducta culposa, recae sobre dos espacios distintos: la creación de un riesgo desaprobado por el ordenamiento jurídico y la realización de dicho riesgo en el resultado / LESIONES PERSONALES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO - La versión de los hechos dada a conocer por la víctima al momento de interponer la querella, no fue solicitada ni incorporada a título de prueba de referencia y ello no permite su valoración dentro del acervo probatorio / LESIONES PERSONALES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO - En ningún tipo de comportamiento imprudente o desobediente incurrió el acusado en la conducción del camión el día en que se presentó el accidente de tránsito, pues su participación en ese siniestro estuvo determinada en evadir al conductor de la motocicleta ante el impacto que este último había sufrido previamente con un tractocamión mal parqueado sobre la vía / LESIONES PERSONALES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO - La determinación de absolver al acusado es acertada porque no se demostró, en definitiva, que hubiera elevado el riesgo jurídicamente permitido e ingresado en el campo de lo legalmente desaprobado en la conducción de su vehículo y no por la culpa exclusiva de la víctima en el accidente de tránsito, máxime si se tiene en cuenta que un tercer actor, en este caso, un tractocamión mal estacionado sobre la vía, pudo generar con su error la colisión /
Número de expediente76-111-6000-166-2016-01124-01
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