Sentencia Nº 76-111-6000-165-2017-00770-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 04-05-2023 - Jurisprudencia - VLEX 938373618

Sentencia Nº 76-111-6000-165-2017-00770-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 04-05-2023

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA.
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81674279
Fecha04 Mayo 2023
MateriaPREACUERDOS - Acordar una rebaja de pena del 50%, no se aprecia desproporcionado, pues precisamente al presentarse en la primera oportunidad procesal para ello, se está evitando un gran desgaste judicial y, se reitera, no desprestigia a la administración de justicia porque no estamos ante un caso de flagrancia y, se está acordando una pena adecuada en referencia a la oportunidad en que se radicó el convenio / PRISIÓN DOMICILIARIA POR LA CONDICIÓN DE PADRE O MADRE CABEZA DE FAMILIA - Es indispensable, entre otros aspectos, la deficiencia de ayuda de los demás miembros de la familia, sin la cual la madre queda en solitario frente al sostenimiento del hogar / PRISIÓN DOMICILIARIA POR LA CONDICIÓN DE PADRE O MADRE CABEZA DE FAMILIA - Se deben demostrar con suficiencia toda y cada una de las exigencias legales / PRISIÓN DOMICILIARIA POR LA CONDICIÓN DE PADRE O MADRE CABEZA DE FAMILIA - La calidad de madre cabeza de familia o jefe de hogar se refiere a eventos en los cuales la persona debe asumir la totalidad de los deberes afines porque las circunstancias de contexto socio / PRISIÓN DOMICILIARIA POR LA CONDICIÓN DE MADRE CABEZA DE FAMILIA - Aunque se afirma que el padre del menor no ha comparecido para responder pos sus deberes, pese a citársele para conciliar sus deberes y que a la fecha se desconoce su paradero, la procesada no demostró que es ella, en efecto, la obligada a responder de manera individual por el cuidado y sostenimiento de sus descendientes / PRISIÓN DOMICILIARIA POR LA CONDICIÓN DE MADRE CABEZA DE FAMILIA - En lo que guarda relación con las demás personas que constituyen una red familiar extensa para el menor hijo de la procesada, advierte esta Sala que, como lo refirió la operadora judicial de primera instancia, se trata de un escenario en el que no habría razones de peso para inferir que el infante debiera quedar a su merced o en una situación de total abandono / PRISIÓN DOMICILIARIA POR LA CONDICIÓN DE MADRE CABEZA DE FAMILIA - La prevalencia del interés superior del menor no releva al juez de verificar los requisitos consagrados por el legislador /
Número de expediente76-111-6000-165-2017-00770-01
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