Sentencia Nº 76-147-60-00-171-2015-01031-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 21-07-2022 - Jurisprudencia - VLEX 924746185

Sentencia Nº 76-147-60-00-171-2015-01031-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 21-07-2022

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81622150
Fecha21 Julio 2022
Número de expediente76-147-60-00-171-2015-01031-01
MateriaHECHOS JURÍDICAMENTE RELEVANTES - Aunque la relación del contenido de los elementos materiales probatorios en la comunicación de cargos o en la acusación es una práctica inadecuada que puede conspirar contra la claridad y concreción que debe caracterizar a los hechos jurídicamente relevantes, no siempre que se incurre en esa mala praxis se está afectando el derecho de la persona procesada a conocer de manera clara y concisa los hechos que motivan su vinculación a una causa penal o el inicio del juzgamiento / NULIDAD POR VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - La Fiscalía cumplió a cabalidad con el deber de comunicarle de forma clara y concreta, tanto el componente fáctico como la calificación jurídica del cargo por el cual se le inició el proceso penal, pese a que en el respectivo documento, derivó los hechos jurídicamente relevantes de la trascripción de la denuncia formulada por la víctima / ABUSO DE CONFIANZA - La acción recae sobre bienes que han entrado a la órbita de tenencia del sujeto por un título precario o no traslaticio de dominio / ABUSO DE CONFIANZA - La Fiscalía omitió reunir información relevante para demostrar si en realidad el procesado recibió las sumas de dinero cuya apropiación le fue atribuida / ABUSO DE CONFIANZA - El procesado se apropió de la motocicleta que la empresa le había confiado a través de un título no traslativo del dominio y con el fin específico de facilitar el desarrollo de sus actividades laborales o contractuales /
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