Sentencia Nº 76-520-31-03-004-2019-00208-01[02][03] del Tribunal Superior de Buga Sala Civil - Familia, 08-07-2022 - Jurisprudencia - VLEX 924745003

Sentencia Nº 76-520-31-03-004-2019-00208-01[02][03] del Tribunal Superior de Buga Sala Civil - Familia, 08-07-2022

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorSala Civil – Familia (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81621736
Fecha08 Julio 2022
Número de expediente76-520-31-03-004-2019-00208-01[02][03]
MateriaNULIDADES - Su declaración controla la validez de la actuación procesal y asegura a las partes el derecho constitucional al debido proceso / NULIDAD POR INDEBIDA NOTIFICACIÓN - La interesada en su declaración no demostró que, contrario a lo trazado por la empresa de correo certificado, para la fecha en que se entregaron las comunicaciones tendientes a vincularla formalmente a la actuación ya no recibía notificaciones en la carrera 5° # 57 / NULIDAD POR INDEBIDA NOTIFICACIÓN - No le estaba dado a la representante de BELLPHONE VIP SAS deprecar la invalidez del trámite mientras se encontraba, en sede de apelación, la primera solicitud de anulación que, en el mismo sentido, pero en nombre propio, ya había formulado / PROCESO EJECUTIVO - Es necesario aportar, desde los albores del proceso, título que brinde absoluta certeza y seguridad en torno al derecho cuyo pago se reclama / TÍTULO EJECUTIVO - Requisitos formales y sustanciales / TÍTULO EJECUTIVO - Requisitos que debe cumplir cuando se trata de un título valor / TÍTULO EJECUTIVO - Nada obsta para que la parte demandada replantee la discusión sobre los atributos del título ejecutivo con posterioridad a las oportunidades señaladas en el Código, pues, de cualquier forma el juez, aun de oficio, debe volver sobre sus requisitos / PAGARÉ - En virtud de los atributos de la literalidad, autonomía e incorporación de que goza, contiene por sí solo un derecho crediticio que legitima a su tenedor para exigir su pago en los términos y condiciones consagradas en el mismo, con absoluta prescindencia de otros documentos o convenciones / TÍTULO VALOR CON ESPACIOS EN BLANCO - El obligado tiene la carga de acreditar que se integró de manera distinta al pacto realizado con el tenedor del título / TÍTULO EJECUTIVO - El título valor, en este caso pagaré, prueba, por sí solo, el derecho de crédito en él incorporado y por supuesto su importe, de acuerdo con su tenor literal y tras llenarse los espacios en blanco con los que fue otorgado por el obligado, y era a este a quien correspondía desvirtuar el contenido material del instrumento, empero, ni siquiera intentó tal cosa y debe debe correr con la suerte adversa de su incuria /
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR