Sentencia Nº 76.520.31.05.001.2019-00306.01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 21-06-2023 - Jurisprudencia - VLEX 938373390

Sentencia Nº 76.520.31.05.001.2019-00306.01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 21-06-2023

Sentido del falloREVOCA SENTENCIA
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Fecha21 Junio 2023
Número de expediente76.520.31.05.001.2019-00306.01
Número de registro81687811
MateriaCONTRATO DE TRABAJO - Se entiende que existe contrato de trabajo cuando se reúnen sus tres elementos esenciales y no deja de serlo por razón del nombre que se le de´ ni de otras condiciones o modalidades que se le agreguen / CONTRATO DE TRABAJO - Toda relación de trabajo personal se entiende regida por un contrato de trabajo y el empleador, por el principio de inversión de carga de la prueba, debe acreditar que en la práctica se dio un contrato civil o comercial y que los servicios prestados no estuvieron regidos por las normas laborales / CONTRATO DE TRABAJO - Son representantes del empleador, entre otros, quienes ejerzan actos de representación con su aquiescencia expresa o tácita / JUEZ DEL TRABAJO - En la tarea de valorar las pruebas y fijarles el alcance que estime pertinente debe acudir a los criterios propios de la sana crítica y a las reglas de la experiencia / CONTRATO DE TRABAJO - Quienes tienen la propiedad, manejo y control del establecimiento de comercio son los codemandados y por tanto, si una persona, que actuó como su representante, llevó a la demandante a prestar sus servicios y estos fueron complacientes con las actividades que desempeñó y de las cuales finalmente se beneficiaron como dueños, no pueden ahora desconocer su calidad de empleadores / PRESCRIPCIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES - Prosperidad parcial de la excepción / CONTRATO DE TRABAJO - La revocatoria de la sentencia de primera instancia obliga a pronunciarse sobre el reajuste salarial, auxilio de cesantía, intereses a la cesantía, primas de servicios, vacaciones y sanción por la no consignación de las cesantías /
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR