Sentencia Nº 76-520-60-00-180-2021-00734 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 10-04-2023 - Jurisprudencia - VLEX 938373473

Sentencia Nº 76-520-60-00-180-2021-00734 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 10-04-2023

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Fecha10 Abril 2023
Número de expediente76-520-60-00-180-2021-00734
Número de registro81653288
MateriaFORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN - Los hechos jurídicamente relevantes, en ella, deben expresarse de manera sucinta, clara, precisa y completa / NULIDAD POR VIOLACIÓN AL PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - En el presente caso existe grave irregularidad en la fijación de los hechos jurídicamente relevantes y de la congruencia que debe reinar entre la imputación, acusación y sentencia, pues en el primero de los actos mencionados, se informó al acusado que su captura y vinculación al proceso penal obedecía a ser uno de los sujetos que dispararon, causándole la muerte, un arma de fuego contra la víctima, y en la acusación, se le atribuyó la conducción del vehículo en el que, supuestamente, huyeron los dos sicarios / SENTENCIA CONDENATORIA - No es posible impartirla por cuanto la variación contenida en el escrito y verbalizada en la audiencia de formulación de acusación, no representa simples detalles susceptibles de corrección, aclaración o modificación, sino que constituyo´ un relato totalmente diferente, en el que lo único coincidente con los hechos jurídicamente relevantes descritos en la audiencia preliminar de imputación fue el hecho de la muerte violenta / SENTENCIA CONDENATORIA - No es posible impartirla por las graves omisiones e irregularidades cometidas por la Fiscalía en el proceso de concreción y fijación de los hechos jurídicamente relevantes, los cuales fueron además de incompletos en la imputación por no mencionarse ni siquiera el lugar ni la hora del crimen, variados absolutamente en la acusación / SENTENCIA ABSOLUTORIA - Prevalece sobre la declaración de nulidad / HOMICIDIO AGRAVADO - La ausencia probatoria de la Fiscalía en el presente asunto es manifiesta y no existe un mínimo de evidencia que permita inferir participación alguna del ciudadano acusado en el homicidio cometido el 23 de abril de 2021 /
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