Sentencia Nº 76-520-6000-181-2017-02022-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 26-09-2022 - Jurisprudencia - VLEX 950420021

Sentencia Nº 76-520-6000-181-2017-02022-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 26-09-2022

Sentido del falloREVOCA SENTENCIA
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81626147
Fecha26 Septiembre 2022
Número de expediente76-520-6000-181-2017-02022-01
MateriaSENTENCIA CONDENATORIA - El juez puede proferirla cuando, a partir de las pruebas practicadas y controvertidas en su presencia, llegue al conocimiento, más allá de toda duda, acerca del delito y de la responsabilidad del acusado / SENTENCIA ABSOLUTORIA - Si existe duda de entidad tal que impida predicar la existencia del delito o la responsabilidad del acusado, la ley establece como alternativa acudir al principio de in dubio pro reo, esto es, resolver la vacilación probatoria en punto de demostración de la verdad, a favor del acusado / DAÑO EN BIEN AJENO - Desde la perspectiva de la sana crítica y la valoración racional de los medios de conocimiento practicados en el juicio, el Tribunal puede deducir sin lugar a equívocos que la víctima identificó e individualizó a su victimario, al señalar que se trata de su exhijastro, quien, procedió a ejercer violencia contra un bien mueble ajeno, en este caso la motocicleta del querellante, al punto de quedar destruida e inutilizada / ESTIPULACIONES PROBATORIAS - Cuando se acompañan con documentos que la soportan, éstos únicamente pueden ser examinados respecto del hecho objeto del pacto que pretermitirá su controversia en el juicio oral / DAÑO EN BIEN AJENO - En un análisis sistemático y concatenado se descarta la tesis defensiva de la duda acerca de que el enjuiciado no sea el mismo a quien se refiere el testigo de cargo / DAÑO EN BIEN AJENO - En el presente asunto existe la certeza probatoria para afirmar que el procesado, debido a desencuentros con la víctima, resolvió atentar contra el patrimonio de esta y el día 7 de julio de 2017, en el corregimiento de El Tenjo, municipio de Palmira, a través de golpes con machete y patadas, sin justa causa, destrozó e inutilizó la motocicleta de placas CDW 08A de propiedad del denunciante /
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