Sentencia Nº 76-520-60-00-180-2018-01634-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 29-11-2022 - Jurisprudencia - VLEX 950420561

Sentencia Nº 76-520-60-00-180-2018-01634-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 29-11-2022

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorSala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Número de registro81641671
Fecha29 Noviembre 2022
Número de expediente76-520-60-00-180-2018-01634-01
MateriaLEGÍTIMA DEFENSA - Es menester que exista agresión ilegítima, indebida, ilícita o injustificada, actual o inminente y no provocada y que la defensa ejercida sea proporcionada y resulte necesaria para impedir la materialización del ataque injusto / PRUEBA TESTIMONIAL - Los testimonios de parientes o allegados sentimentales ingresan al proceso con el ro´tulo de sospechosos de parcialidad / PRUEBA TESTIMONIAL - Las afirmaciones de los testigos de la defensa, en el tema probatorio que nos ocupa, son parcializadas y no merecen confiabilidad / LEGÍTIMA DEFENSA - La defensa no logro´ demostrar que el acusado fue herido en la cabeza y en su brazos con instrumento de cristal, como de manera mendaz lo dijeron la suegra y la novia del acusado con el comprensible deseo de salvarlo de la accio´n de la justicia y eso impide aceptar que se encontraba en situación de legítima defensa cuando asestó la puñalada mortal / HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL - Se presenta cuando el sujeto activo dirige su voluntad de manera consciente a la concreción de un resultado típico y antijurídico y produce otro más grave / HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL - El acusado, en un comienzo, no tenía la intención de matar a su contrincante, pero cuando decidió armarse y atacar con un cuchillo la situación cambió y en esa mutación es razonable predicar que una de sus opciones era la de ocasionar la muerte, situación que debe resolverse estableciendo cuál era su propósito en el momento de espetar el arma en el cuerpo de la víctima / HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL - La existencia de la intencio´n homicida se puede deducir de una serie de factores o de circunstancias que rodean el caso, entre las cuales tienen especial importancia el cara´cter del autor, sus antecedentes en hechos de sangre, la rivalidad entre vi´ctima y victimario, la clase de arma empleada, la distancia desde la cual se hace la agresio´n, la ubicacio´n de las heridas, la persistencia en el ataque, el nu´mero de lesiones y las manifestaciones del autor / HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL - El homicidio cometido no puede entenderse así, pues la pun~alada se dirigio´ hacia el corazo´n de la vi´ctima, zona del cuerpo humano extremadamente delicada y es de generalizado conocimiento que cualquier tipo de lesiones en ese o´rgano puede generar la muerte, ma´xime si se causan con un cuchillo / IRA O INTENSO DOLOR - Para su configuración se requiere un acto de provocación grave injusto, la reacción del agente bajo un estado anímico alterado por esta o aquella y la relación causal entre ambas conductas / IRA O INTENSO DOLOR - No procede su reconocimiento pues la víctima, como ya se precisó, no provoco de manera grave e injusta al acusado / HOMICIDIO AGRAVADO - La conducta es de mayor reproche penal cuando se coloca a la vi´ctima en situacio´n de indefensio´n o inferioridad o se toma provecho de estas situaciones / HOMICIDIO AGRAVADO - Diferencias conceptuales entre colocar a la víctima en condiciones de inferioridad o indefensión o valerse de dichas circunstancias / HOMICIDIO AGRAVADO - Si bien es evidente la incongruencia entre el nombre jurídico de la circunstancia de agravacio´n punitiva escogida por la fiscali´a (inferioridad) con la tenida en cuenta por el juez de primera instancia (indefensio´n), ambas coinciden en lo fa´ctico, esto la situacio´n de estar desarmada la vi´ctima y armado el victimario en el momento en que el segundo propina a la primera la puñalada mortal / HOMICIDIO AGRAVADO - En el comienzo de los hechos, los dos contrincantes estaban desarmados y el enfrentamiento comenzó atacándose con las manos, situación que no permite hablar de indefensión, pero el acusado rompió ese equilibrio cuando decidió armarse de un cuchillo y colocó a la víctima en condiciones de inferioridad /
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