Sentencia Nº 76-520-31-05-001-2023-00135-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 15-06-2023 - Jurisprudencia - VLEX 980641426

Sentencia Nº 76-520-31-05-001-2023-00135-01 del Tribunal Superior de Buga Sala Laboral, 15-06-2023

Sentido del falloCONFIRMA Y ADICIONA
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Buga de Colombia)
Fecha15 Junio 2023
Número de expediente76-520-31-05-001-2023-00135-01
Número de registro81689870
MateriaACCIÓN DE TUTELA - Solamente procede cuando no existe otro mecanismo de protección judicial, o para evitar un perjuicio irremediable, en cuyo caso es viable como mecanismo transitorio / ACCIÓN DE TUTELA - Procede de manera excepcional para cuestionar los dictámenes emitidos por las juntas de calificación de invalidez / PÉRDIDA DE LA CAPACIDAD LABORAL - Importancia y trámite que debe seguir / DERECHOS AL DEBIDO PROCESO, SEGURIDAD SOCIAL Y VIDA DIGNA - Advierte la Sala, que para el caso concreto existe un mecanismo judicial específico para controvertir el dictamen como lo es el procedimiento ordinario laboral, sin embargo, en el caso particular del accionante, no es idóneo ni eficaz para resolver la problemática planteada, en razón a que este padece desde la ocurrencia del accidente de trabajo diagnósticos que deterioran progresivamente su estado de salud de manera grave, además, porque como lo describe la madre en calidad de agente oficiosa, la situación ha impedido que pueda seguir trabajando y pasó a ser una persona dependiente de ella, una persona de tercera edad, de 83 años / DERECHOS AL DEBIDO PROCESO, SEGURIDAD SOCIAL Y VIDA DIGNA - Como quiera que el proceso de revisión de la calificación viene siendo realizado por la ARL POSITIVA, le corresponde a esa misma entidad proceder con la calificación integral, evaluando no sólo el origen sino también el porcentaje de pérdida de todas las patologías en las cuales el actor haya terminado el proceso de rehabilitación y el médico tratante solicite la calificación, sean de origen común o laboral /
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