Sentencia Nº 76-616-60-00-184-2009-00056-01-ac-091-17 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 30-06-2017
Sentido del fallo | REVOCA LA SENTENCIA CONDENATORIA Y DECLARA LA CADUCIDAD DE LAS QUERELLAS |
Número de expediente | 76-616-60-00-184-2009-00056-01-AC-091-17 |
Fecha | 30 Junio 2017 |
Número de registro | 81453866 |
Normativa aplicada | : LEY 906 DE 2004, ARTÍCULOS 73, 74 Y 77. |
Materia | CADUCIDAD DE LA QUERELLA - En los delitos querellables, en ningún caso, la acción penal puede intentarse después del año de la comisión de la conducta punible. / |
Emisor | Sala Penal (Tribunal Superior de Buga de Colombia) |
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^ JUSTICIA PENAL
BUGA
SENTENCIA SEGUNDA INSTANCIA TRIBUNAL SUPERIOR ERES
Código GSP-FT-37
Versión 1
Fecha de aprobación 15/02/2012
TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA
SALA DE DECISIÓN PENAL
Magistrado Ponente
JOSÉ JAIME VALENCIA CASTRO
Radicación: 76-616-60-00-184-2009-00056-01 (AC-091-17)
Guadalajara de Buga (Valle), Junio treinta (30) de dos mil diecisiete (2017)
Aprobado según Acta No. 186
OBJETIVO
Decide la Sala el recurso de apelación presentado contra la sentencia del 8 de febrero
de 2017 proferida por el Juzgado Tercero Penal Municipal de Tuluá (Valle), en la cual
condenó a la señora LINA MARÍA PACHECO LÓPEZ y a los señores JUAN CARLOS
VELÁSQUEZ VILLADA y JORGE ELIECER LÓPEZ VELÁSQUEZ'como coautores de un
concurso de estafas.
ANTECEDENTES
1. El 25 de septiembre de 2013 la Fiscalía Primera Local de Rio frió presentó escrito de
acusación en el cual narró lo siguiente:
(i) El 13 de marzo de 2009 el señor VÍCTOR ALFONSO HERNÁNDEZ denunció que el 20
de diciembre de 2007 su primo GUSTAVO ADOLFO HERNÁNDEZ GUARÍN le dijo que
contactara al señor JORGE ELIECER LÓPEZ VELÁSQUEZ para que le tramitara
contrato de trabajo para laborar en España; el 21 de diciembre de 2007 le entregó a
dicho señor tres millones de pesos ($3.000.000) para que dicho trámite y el 24 de
diciembre de 2007 le entregó dos millones cincuenta mil pesos ($2.050.000); dicho sujeto
Radicación: 76-616-6000-184-2009-00056-01 Procesado: Una Maria Pacheco López y otros Delito: Estafa en concurso homogéneo.
le dijo que en mes y medio estaría laborando en España. En febrero de 2008 requirió al
señor JORGE ELIECER LÓPEZ VELÁSQUEZ para que cumpliera lo acordado, aquél le
manifestó que debía entenderse con la señora UNA MARÍA PACHECO LÓPEZ, dama a
quien le había consignado el dinero; la mencionada señora reconoció que estaba
tramitando el contrato de trabajo y pidió un mes para finiquitarlo, pero no cumplió.; El 13
de diciembre de 2008 contactó nuevamente al señor JORGE ELIECER LÓPEZ
VELÁSQUEZ, quien le dijo que se encontraba en lista para presentarse en la embajada
en Bogotá el 18 de diciembre de 2008, y que el 16 de diciembre de ese año debía
entrevistarse con la señora LINA MARÍA PACHECO LÓPEZ para recibir indicaciones,
pero ello nunca ocurrió. No obstante diferentes requerimientos, no se realizó devolución
del dinero.
(ii) El 2 de junio de 2009 el señor RODRIGO DE JESÚS RAMÍREZ IBARRA denunció que
por cinco millones de pesos ($5.000.000) compró al señor JORGE ELIECER LÓPEZ
oferta laboral en España, para viajar el 9 de diciembre de 2007, y que en caso de algún
inconveniente saldría en enero de 2008. El 18 de octubre de 2007 entregó a dicho señor
tres millones de pesos ($3.000.000), y el 30 de octubre del mismo año le dio dos
millones de pesos ($2.000.000), pagos por los cuales se firmaron recibos, también le
entregó su pasaporte, pasado judicial y cédula de ciudadanía, documentos que le regresó
un mes después de cerrado el negocio. En enero de 2008 el señor JORGE ELIECER
LÓPEZ le manifestó que el dinero había sido consignado a nombre de LINA MARÍA
PACHECO en la cuenta del esposo de ella de nombre JUAN CARLOS VELÁSQUEZ.
Esperó que llegaran los supuestos contratos de trabajo, hasta que dos meses antes de
presentar la denuncia se enteró que no existía nada relacionado con lo que se le había
prometido.
(iii) El 2 de junio de 2009 el señor JOHN JAIRO MEJIA SABOGAL denunció que compró
oferta laboral en España por tres millones quinientos mil pesos ($3.500.000) al señor
JORGE ELIECER LÓPEZ, para viajar el 9 de diciembre de 2007, y que en caso de algún
inconveniente saldría en enero de 2008. El 1 de octubre de 2007 entregó al señor
JORGE ELIECER LÓPEZ un millón de pesos ($1.000.000) y el 14 de octubre de ese
mismo año le dio dos millones quinientos mil pesos ($2.500.000), dichos pagos
Radicación: 76-616-6000-184-2009-00056-01 Procesado: Lina María Pacheco López y otros Delito: Estafa en concurso homogéneo.
quedaron consignados en recibos. También entregó al señor JORGE ELIECER LÓPEZ
su pasaporte, pasado judicial y cédula de ciudadanía, documentos que le regresó un mes
después de cerrado el negocio. En enero de 2008 el señor JORGE ELIECER LÓPEZ le
manifestó que el dinero había sido consignado a nombre de LINA MARÍA PACHECO en
la cuenta del esposo de ella -JUAN CARLOS VELASQUEZ-. Esperó que llegaran los
supuestos contratos de trabajo, hasta que dos meses antes de presentar la denuncia se
enteró que no existía nada relacionado con lo que se le había prometido.
(iv) El 3 de junio de 2009 el señor JUAN PABLO TREJOS VELEZ denunció que compró
oferta laboral en España por cinco millones cincuenta mil pesos ($5.050.000) al señor
JORGE ELIECER LÓPEZ. El 30 de diciembre de 2007, cuando se cerró el negocio, le
entregó a dicho sujeto la totalidad de la suma acordada, ello quedó consignado en un
recibo. El compromiso fue que viajaría en dos o tres meses después del pago. Le entregó
su pasaporte, pasado judicial y cédula de ciudadanía, documentos que le regresó un mes
después de cerrado el negocio. El mismo 30 de diciembre de 2007 el señor JORGE
ELIECER LÓPEZ le manifestó que el dinero había sido consignado a nombre de LINA
MARÍA PACHECO en la cuenta del esposo de ella -JUAN CARLOS VELÁSQUEZ-.
Esperó que llegaran los supuestos contratos de trabajo, hasta que dos meses antes de
presentar la denuncia se enteró que no existía nada relacionado con lo que se le había
prometido.
(v) El 3 de junio de 2009 el señor FABIO ÁNDRES RAMÍREZ RESTREPO denunció que
compró oferta laboral en España por cinco millones cincuenta mil pesos ($5.050.000) al
señor JORGE ELIECER LÓPEZ, para viajar el 19 de marzo de 2008 y que en caso de
algún Inconveniente saldría en dos o tres meses más. El 19 de diciembre de 2007 le
entregó a dicho sujeto tres millones pesos ($3.000.000) y el 27 de diciembre de ese
mismo año le dio dos millones cincuenta mil pesos ($2.050.000). El primer pago quedó
consignado en un recibo, del segundo pago no se le entregó recibo pero tiene testigos de
ello. Le entregó al señor JORGE ELIECER LÓPEZ su pasaporte, pasado judicial y
cédula de ciudadanía, documentos que le regresó un mes después de cerrado el
negocio. En enero de 2008 el señor JORGE ELIECER LÓPEZ le manifestó que el dinero
había sido consignado a LINA MARÍA PACHECO en la cuenta del esposo de ella -JUAN
CARLOS VELÁSQUEZ- Esperó que llegaran los supuestos contratos de trabajo, hasta
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Radicación: 76-616-6000-184-2009-00056-01 Procesado: Una Maria Pacheco López y otros Deiito: Estafa en concurso homogéneo.
que dos meses antes de presentar la denuncia se enteró que no existía nada
relacionado con lo que se le había prometido.
(vi) El 8 de mayo de 2009 el señor JOSÉ LUIS AGUDELO CASTAÑO denunció que compró
oferta para trabajar en España por cinco millones de pesos ($5.000.000) al señor
JORGE ELIECER LÓPEZ VELÁSQUEZ, suma que canceló en su totalidad el 15 de
noviembre de 2007, quedando ello consignado en un recibo y oficio donde el segundo de
los nombrados se comprometió a tramitar el contrato y la visa, y que en caso de no
lograrse devolvería el dinero. Le entregó al señor JORGE ELIECER LÓPEZ
VELÁSQUEZ su pasaporte, pasado judicial y cédula de ciudanía, dichos documentos no
le fueron devueltos. Mediante acta de compromiso del 17 de julio de 2009 la señora
LINA MARÍA PACHECO LÓPEZ manifestó que vendió contrato al señor JOSÉ LUÍS
AGUDELO LONDOÑO para trabajar en Barcelona (España) por valor de cinco millones
de pesos $5.000.000, de los cuales $2.000.000 fueron para el señor JORGE ELIECER
LÓPEZ VELÁSQUEZ, y que el 5 de agosto de 2009 devolvería la totalidad del dinero.
En el escrito de acusación se afirmó que en audiencias de conciliación el señor JORGE
ELIECER LÓPEZ VELÁSQUEZ se comprometió a devolver las sumas que le fueron
entregadas por cada uno de ios denunciantes y gestionar la devolución del dinero con la
señora LINA MARÍA PACHECO, pero no cumplió. Que la señora LINA MARÍA
PACHECO LÓPEZ era la encargada de tramitar los contratos y presentarlos en la
embajada de España para la obtención de las visas, pero ello tampoco se cumplió. El
señor JUAN CARLOS VELÁSQUEZ VILLADA -primo del señor JORGE ELIECER
LÓPEZ VELÁSQUEZ y esposo de la señora LINA MARÍA PACHECO LÓPEZ- prestó su
cuenta para que le consignaran parte del dinero de la estafa.
2. El 20 de febrero de 2014, en la audiencia de formulación de acusación, la Fiscalía
Primera Local de Riofrío consideró a la señora LINA MARÍA PACHECO LÓPEZ y a los
señores JUAN CARLOS VELÁSQUEZ VILLADA y JORGE ELIECER LÓPEZ
VELÁSQUEZ probables coautores de un concurso de seis (6) estafas.
3. El 4 de febrero de 2016 se realizó la audiencia preparatoria.
Radicación: 76-616-6000-184-2009-00056-01 Procesado: Lina María Pacheco López y otros Delito: Estafa en concurso homogéneo
4. E I16 de marzo de 2016 se dio inicio al juicio oral; en su desarrollo se practicaron las
siguientes pruebas
ESTIPULACIONES PROBATORIAS:
a) La Fiscalía y la defensa acordaron tener como probado el contenido del extracto de la
cuenta Bancaria No. 2009-858144-23 perteneciente al señor JUAN CARLOS
VELÁSQUEZ VILLADA (Folios 588 a 595).
PRUEBAS DE LA FISCALÍA:
a) El señor RODRIGO DE JESÚS RAMÍREZ IBARRA declaró que el 30 de octubre de
2007 compró al señor JORGE ELIECER LÓPEZ contrato para trabajar en Barcelona
(España) por $5.000.000, suma que canceló en dos cuotas: la primera el 17 de octubre
de 2007 por $3.000.000 y la segunda el 30 de octubre del mismo año por el valor
restante. Por dichos pagos se le entregaron recibos firmados por el señor JORGE
ELIECER LÓPEZ, quien se comprometió que saldría del país el 9 de diciembre de 2007 o
si ocurría algo en enero de 2008, pero no cumplió. Le entregó su pasado judicial,
pasaporte y cédula de ciudadanía para los trámites, se los regresó al mes...
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